7 de febrero de 2013

Atenuantes

DERECHO PENAL

Atenuantes. Se considerarán circunstancias atenuantes:

1. Ser el reo menor de 21 años y menor de 18 cuando cometió el delito.

2. No haber tenido el culpable la intención de causar un mal de tanta gravedad como el que produjo.

3. Haber precedido injuria o amenaza de parte del ofendido.

4. Cualquier otra circunstancia a juicio del tribunal.

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