8 de febrero de 2013

Delito de rebelión

DERECHO PENAL

Delito de rebelión. Estamos en presencia de este delito, cuando:

1. Hayan personas que se alcen públicamente, en actitud hostil, contra el gobierno legítimamente constituido, o elegido, para deponerlo o impedirle tomar posesión del mando.

2. Hayan personas que conspiren o se alcen para cambiar violentamente la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; esto sin el objeto de cambiar la forma política del país.

3. Hayan personas que promuevan la guerra civil entre los estados del país.

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