21 de febrero de 2013

Extensión jurisdiccional. IV

DERECHO PROCESAL PENAL

Extensión jurisdiccional. IV. La decisión que se dicte podrá ser apelada dentro de los 5 días siguientes a su publicación.

El trámite de la incidencia se seguirá conforme al (trámite) previsto para las excepciones.

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