20 de febrero de 2013

F. preparatoria: excepciones. V

DERECHO PROCESAL PENAL

F. preparatoria: excepciones. V. La resolución que se dicte es apelable por las partes dentro de los 5 días siguientes a la celebración de la audiencia.

Si la excepciones son rechazadas, esto impedirá que se planteen nuevamente durante la fase intermedia, por los mismos motivos.

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