6 de febrero de 2013

Nullum

DERECHO PENAL

Nullum crime, nulla poena sine praevia lege. Significa que "no hay delito, ni pena sin ley previa", el cual contempla que para que una conducta se establezca como delito, debe consagrarse previamente a la realización de dicho delito, la ley que lo establezca como tal. Este principio está en concordancia con el Artículo 1 del Código Penal el cual consagra el principio de la legalidad.

El creador del mencionado principio fue Paul Anselm von Feuerbach.

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