14 de abril de 2013

Objeto

DERECHO PROCESAL PENAL

Objeto. El imputado podrá declarar lo que estime conveniente sobre el hecho que se le atribuye. Su declaración se hará constar con sus propias palabras.

Tanto el fiscal como el defensor podrán dirigir al imputado las preguntas que consideren pertinentes. El imputado dará sus respuestas de forma verbal.

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