6 de mayo de 2013

Decisión firme

DERECHO PROCESAL PENAL

Decisión firme. Las decisiones judiciales quedarán firmes y ejecutoriadas sin necesidad de declaración alguna, cuando no procedan o se haya agotado los recursos en su contra.

Contra la sentencia firme, sólo procede la revisión de acuerdo a lo consagrado en el C. O. P. P.

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