27 de mayo de 2013

Irret. Leyes de proc. Proc. pen.

DERECHO CONSTITUCIONAL

De los derechos humanos y garantías, y de los deberes

Irretroactividad. Leyes de procedimiento. Procesos penales. Ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroactivo, excepto cuando imponga menor pena.

Las leyes de procedimiento se aplicarán desde el momento de entrar en vigencia, aun en los procesos en curso.

En los procesos penales, las pruebas evacuadas se estimarán en cuanto beneficien al reo, conforme a la ley vigente para la fecha en que se promovieron las pruebas.

Cuando haya duda se aplicará la norma que beneficie al reo.

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