30 de mayo de 2013

Modalidades. II

DERECHO PROCESAL PENAL

De las medidas cautelares sustitutivas

Modalidades. II. 

4. La prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad en la cual reside, o del ámbito territorial que fije el tribunal.

5. La prohibición de concurrir a determinadas reuniones, o a determinados lugares.

6. La prohibición de comunicarse con determinadas personas, siempre que no se afecte el derecho a la defensa.

7. El abandono inmediato del domicilio, si se trata de agresiones a mujeres, niños/as; o si se trata de delitos sexuales, cuando la víctima conviva con el imputado.

8. La prestación de una caución económica adecuada, de posible cumplimiento por el propio imputado, o por otra persona, atendiendo al principio de la proporcionalidad, mediante:

- depósito de dinero;

- valores;

- fianza de dos o más personas idóneas; o

- garantías reales. (...)

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