26 de mayo de 2013

Violencia privada

DERECHO PENAL

De los delitos contra la libertad individual

Violencia privada. Cualquiera que, sin autoridad, o derecho para ello, por medio de amenazas, de violencias, u otros apremios ilegítimos, forzare a una persona: 

- a ejecutar un acto que la ley no obliga a tolerarlo; o

- le impida ejecutar algún acto que no está prohibido por la ley: será penado con prisión de quince (15) días a treinta (30) meses.

Si el hecho ha sido cometido con abuso de autoridad pública, o contra algún ascendiente, o cónyuge, o contra algún funcionario público por razón de sus funciones, o si del hecho ha resultado algún perjuicio grave:

- para la persona del agraviado;

- para la salud del agraviado; o

- para los bienes del agraviado: la pena será de treinta (30) meses a cinco (5) años de prisión.

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