3 de junio de 2013

Honorarios. III

PRÁCTICA FORENSE - HONORARIOS 

Reglamento Interno Nacional de Honorarios Mínimos - Disposiciones preliminares 

Honorarios. III. Cuando los abogados/as estimen honorarios superiores a los establecidos en el Reglamento Interno Nacional de Honorarios Mínimos, deberán tomar en consideración los siguientes aspectos:

a. La importancia del (los) asunto (s) y/o los servicios prestados.

b. La cuantía del asunto.

c. La novedad, o dificultad de los problemas jurídicos discutidos.

d. Su experiencia, o reputación.

e. La situación socioeconómica del cliente.

f. La posibilidad que el abogado quede impedido de patrocinar otros asuntos.

g. Si los servicios son eventuales, fijos o permanentes.

h. La responsabilidad que deriva para el abogado del asunto que se le encomienda.

i. El tiempo que requiere el servicio profesional.

j. El grado de participación en el estudio, planteamiento y desarrollo del asunto.

k. Si el abogado/a ha procedido/a como asesor/a, consultor/a, o apoderado/a.

l. El lugar de la prestación de los servicios, según sea, el domicilio del abogado, o fuera de el.

m. El índice inflacionario de acuerdo a las indicaciones del Banco Central de Venezuela. 

Fuente. Reglamento Interno Nacional de Honorarios Mínimos.

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