16 de junio de 2013

Legitimación. Form.

DERECHO PROCESAL PENAL

De la querella

Legitimación. Formalidad.

Legitimación. Sólo la persona, natural, o jurídica, que tenga la calidad de víctima podrá presentar querella.

Querella: ejercer la acción penal.

Formalidad. La querella se propondrá siempre por escrito, ante el Juez de Control.

Fuente. Código Orgánico Procesal Penal: Gaceta Oficial Nº 6078, extraordinario 15-06-2012.

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