1 de junio de 2013

Lesiones personales

DERECHO PENAL

De las lesiones personales. 

Lesiones personales. El que no tenga la intención de matar, pero tenga la intención de causar un daño, haya ocasionado a alguna persona un sufrimiento físico, un perjuicio a la salud, o una perturbación en las facultades intelectuales:

será castigado con prisión de 3 a 12 meses.

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