19 de junio de 2013

Reducción

DERECHO PENAL

Del falso testimonio

Reducción de las penas. Si el culpable del delito de falso testimonio es el enjuiciado mismo, o sus parientes cercanos, o siempre que no hubiere expuesto a otra persona a procedimientos penales, o a una condena: las penas establecidas se rebajarán de la mitad a dos tercios.

Fuente. Código Penal: Gaceta Oficial Nº 5768, extraordinario 13-04-2005.  

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