24 de julio de 2013

Corrección

DERECHO PROCESAL PENAL

De la sustanciación del juicio. Del desarrollo del debate. Corrección de errores. La corrección de simples errores materiales, o la inclusión de alguna circunstancia que no modifique esencialmente la acusación ni provoque indefensión, se podrá realizar durante la audiencia, sin que sea considerada una ampliación de la acusación, o la querella.

De la sustanciación del juicio. Del desarrollo del debate. Recepción de pruebas. Después de la declaración del acusado, el juez procederá a recibir la prueba en el orden siguiente: expertos; testigos; luego se interrogará al acusado, salvo que considere necesario alterar dicho orden.

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