5 de agosto de 2013

Comunicación

DERECHO PROCESAL PENAL

De la sustanciación del juicio. De la sentencia. Comunicación del acta.

El acta se leerá ante los comparecientes inmediatamente después de la sentencia, con lo que quedará notificada.

DERECHO PROCESAL PENAL

De la sustanciación del juicio. De la sentencia. Valor del acta. 

El acta sólo demuestra el modo de cómo se desarrolló el debate, la observancia de las formalidades previstas, personas que han intervenido y actos que se llevaron a cabo.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!