29 de marzo de 2013

Penas. prescripción. V

DERECHO PENAL

Penas. prescripción. V. No se tomará en consideración, para efectos de prescripción de la pena, la agravación que debiera aplicarse por quebrantamiento de la respectiva condena.

Deber de información

DERECHO PROCESAL PENAL

Deber de información. Los órganos de policía, en los plazos que se les fijen, comunicarán al Ministerio Público o al tribunal que lo solicite, el resultado de las diligencias practicadas.

Los funcionarios policiales no pueden dejar de transcurrir más de doce horas sin dar conocimiento al Ministerio Público, o al tribunal, si fuere el caso, de las diligencias efectuadas.