20 de junio de 2014

Aportes Criminalística xx

Los aportes de la criminalística en la fase preparatoria del proceso penal venezolano

1) LA OBSERVACIÓN: La observación es una labor exploratoria efectuada por los órganos de los sentidos en todas aquellas señales que particularizan a un sujeto. No es cualquier clase de observación la cual debe emplearse, sino aquella caracterizada por ser objetiva; a tal efecto, el observador debe mirar el objeto de su estudio despojándose de su conocimiento o de sus prejuicios subjetivos, una observación bien enfocada reúne dos requisitos: primero, debe ser selectiva, es decir, en ella sólo se registra lo que es característico e individualizador de una persona o cosa, sin tener en cuenta los rasgos irrelevantes. Segundo, debe ser interpretativa, esto equivale a afirmar que la observación debe permitir o conducir a una interpretación, a una conclusión. A partir de la observación de un hecho es posible establecer una serie de deducciones, y de establecer relaciones de causa y efecto.

Además, los procedimientos de observación deben ser adecuados a la naturaleza de las entidades observadas, de tal manera no va a recibir un igual tratamiento o manipulación, el cuchillo encontrado en el lugar del crimen, una mancha, o una sustancia líquida derramada en el piso, o un documento anónimo. En resumen, son las entidades observadas las que fijarán las pautas a seguir por parte del investigador, teniendo presente la permanencia o durabilidad de los rastros en el mundo físico.

BIBLIOGRAFÍA. Los aportes de la criminalística en la fase preparatoria del proceso penal venezolano. 2da. Edición. Mario Popoli Rademaker. Vadell Hermanos Editores. PP. 169, 170.