Páginas Externas

22 de enero de 2013

Delito de calumnia

DERECHO PENAL
Código Penal. 13 abril 2.005. Gaceta Oficial 5.768.

Delito de calumnia.
El delito de calumnia se establece cuando un sujeto denuncia a una persona a sabiendas de que es inocente, ante la autoridad judicial o ante un funcionario público que tenga la obligación de transmitir la denuncia. El sujeto denunciante le atribuye a la persona inocente la comisión de un hecho punible, o en su defecto, simula las apariencias de un hecho punible.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!