27 de marzo de 2013

Penas. Prescripción. III

DERECHO PENAL

Penas. Prescripción. III. El tiempo para la prescripción de la condena comenzará a correr desde el día en que quedó firme la sentencia, o desde el quebrantamiento de la condena, si hubiere comenzado a cumplirse; pero en el caso de nueva prescripción, se le computará al penado, en ella, el tiempo de la condena sufrida.

Facultades

DERECHO PROCESAL PENAL

Facultades. Corresponde a las autoridades de la policía de investigaciones penales, la práctica de diligencias conducentes a la determinación de los hechos punibles y a la identificación de sus autores y partícipes, bajo la dirección del Ministerio Público.

26 de marzo de 2013

Penas. Prescripción. II

DERECHO PENAL

Penas. Prescripción. II. Cuando la sentencia firme impusiere penas a más de un delito, el tiempo para la prescripción se aumentará en una cuarta parte del designado para la respectiva pena.

Órganos

DERECHO PROCESAL PENAL

Órganos. Son órganos de policía de investigaciones penales, los funcionarios a los cuales la ley acuerde tal carácter; y todo otro funcionario que deba cumplir las funciones de investigación que estable el Código Orgánico Procesal Penal.

25 de marzo de 2013

Penas. Prescripción

DERECHO PENAL

Penas. Prescripción. Las penas prescriben así:

1. Las de prisión y arresto, por tiempo igual al de la pena que haya de cumplirse, más la mitad del mismo.

2. Las de relegación a colonia penitenciaria y confinamiento, por tiempo igual al de la condena, más la tercera parte del mismo.

3. La de suspensión de empleo o inhabilitación para el ejercicio de profesión, industria o arte, por tiempo igual al de la condena, más la cuarta parte del mismo.

4. Las de multas, en estos lapsos: las que no excedan de 140 U.T. a los 3 meses; y las que pasen de dicho límite, a los 6 meses; si fueren mayores a las 500 U.T., prescriben al año.

5. Las de amonestación y apercibimiento, a los 6 meses.

Las penas tanto del cardinal 1 como del 2, es lo que resulte según el cómputo practicado por el juez de la causa.

Atribuciones MP. IV

DERECHO PROCESAL PENAL

Atribuciones MP. IV. 

17. Solicitar y ejecutar exhortos, cartas rogatorias y solicitudes de asistencia mutua en materia penal, en coordinación con el Ministerio de relaciones exteriores.

18. Solicitar al tribunal competente declare la ausencia del evadido o prófugo sobre el que recaiga orden de aprehensión, y que proceda a dictar medidas definitivas de disposición sobre los bienes relacionados con el hecho punible, propiedad del mismo o de sus interpuestas personas.

19. Las demás que atribuyan el Código Orgánico Procesal Penal y otras leyes.

24 de marzo de 2013

Prescripción. Nuevo juicio

DERECHO PENAL

Prescripción. Nuevo juicio. Cuando un condenado sea sometido por otro hecho punible a un nuevo juicio, se computará la prescripción de acuerdo a la nueva pena que deba imponerse en esta sentencia, cuando resulte inferior a la pena impuesta a en la anterior (sentencia).