CRIMINALÍSTICA
CRIMINALÍSTICA I. MONTIEL. SEGUNDA EDICIÓN, 2012
Conclusiones referentes a la criminalística
La criminalística fue creada por Hans Gross para el auxilio del Derecho, siendo esta ciencia la que se encarga de investigar, descubrir y verificar de manera material y científica "la forma o manera del hecho" con sus mecanismos o mecánica de producción, considerando los instrumentos u objetos de ejecución, sus manifestaciones materiales y todas aquellas maniobras que se efectúan para realizarlo; asimismo, identifica a las víctimas, a los autores y coautores, establece en el hecho el grado de participación física de los protagonistas, y aporta las pruebas materiales y periciales a los órganos que procuran y administran justicia.
La medicina forense determina las causas de la muerte por medio del estudio de las lesiones inflingidas, si existen en el o los occisos, o por medio del estudio de otros hallazgos en el cuerpo sujeto a necropsia con intervención de estudios de laboratorio. También soluciona otros tipos de aspectos biológicos mediante la aplicación de sus ramas, de acuerdo con los problemas planteados en el procedimiento penal.
La criminalística, con sus ramas en el campo de los hechos o en los escenarios sujetos a investigación, establece las normas con técnicas adecuadas para proteger, observar y fijar los escenarios; de igual modo, proporciona los métodos y las técnicas para buscar, levantar, embalar, etiquetar y suministrar al laboratorio para su estudio, los indicios asociados al hecho; con los conocimientos y experiencia del experto, estudia, razona e interpreta en forma inductiva y deductiva la ubicación física, condiciones y presentación morfológica de los indicios in situ; correlaciona los resultados de su estudio en el laboratorio; asesora en el aspecto técnico y de inmediato al Ministerio Público y a la Policía Científica, y de manera mediata al Juez.
La criminalística también reúne las técnicas forenses en el laboratorio para realizar los análisis identificativos, cualitativos y cuantitativos, así como para realizar las experimentaciones y cotejo de particularidades de los indicios provenientes del escenario investigado, de la víctima o del victimario, o suministrados por otras vías legales, con el objeto primordial de dar solución científica a los problemas planteados en la investigación de las conductas o hechos presuntamente delictuosos. La criminalística establece en la investigación una primera fase determinativa con el estudio científico del lugar de los hechos o del escenario sujeto a inspección, así como de los indicios colectados y asociados al hecho; corresponde a la policiología, en una segunda fase llamada "ejecutiva", desarrollar las actividades investigativas por la policía científica con la aplicación de los dispositivos y operativos propios para abrir las líneas de investigación e identificar, localizar, perseguir y detener al o los presuntos responsables.
Por otra parte, la criminalística es penal por tres razones:
a) Porque su génesis es de orden procesal y penal;
b) Porque está considerada en el marco de la Enciclopedia de las Ciencias Penales; y
c) Porque con su aplicación científica contribuye con sus resultados para conocer las peculiaridades materiales de los hechos o conductas, y llegar a las penalidades de los infractores.
La criminalística se considera forense porque en su metodología, tecnología y principios universales que aplica en la investigación de hechos y conductas, incluye procedimientos selectivos de las ciencias naturales: química, física y biología, cuyos expertos las aplican en los escenarios y en las unidades periciales especializadas del laboratorio para dar la respuesta idónea a los problemas planteados.
La criminalística no determina responsabilidades ni señala en forma directa penalidades, sino que realiza investigaciones y estudios científicos para conocer los hechos materialmente realizados y el grado de participación de los protagonistas y, en consecuencia, otorgar a los órganos competentes las pruebas respecto a su ejecución, desarrollo y consumación.
Referencia bibliográfica. Montiel, Criminalística I, 2012, PP. 34, 35, 36.
Blog para investigar las ciencias penales y criminológicas, así como lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar la Constitución Nacional de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel en fecha 20-01-2013
24 de octubre de 2013
Admisibilidad
DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA
Código Orgánico Procesal Penal venezolano - 416
Del procedimiento para la reparación del daño y de la indemnización de perjuicios
Admisibilidad. Para la admisibilidad de la demanda el juez examinará:
1. Si quien demanda tiene derecho a reclamar legalmente la reparación o indemnización.
2. En caso de representación o delegación, si ambas están legalmente otorgadas; en caso contrario, fijará un plazo para la acreditación correspondiente.
3. Si la demanda cumple con los requisitos señalados en el artículo 414 Código Orgánico Procesal Penal. Si falta alguno de ellos, fijará un plazo para completarla.
En caso de incumplimiento de los requisitos señalados, el juez no admitirá la demanda.
La inadmisibilidad de la demanda no impide su nueva presentación, por una sola vez, sin perjuicio de su ejercicio ante el tribunal civil competente.
Código Orgánico Procesal Penal venezolano - 416
Del procedimiento para la reparación del daño y de la indemnización de perjuicios
Admisibilidad. Para la admisibilidad de la demanda el juez examinará:
1. Si quien demanda tiene derecho a reclamar legalmente la reparación o indemnización.
2. En caso de representación o delegación, si ambas están legalmente otorgadas; en caso contrario, fijará un plazo para la acreditación correspondiente.
3. Si la demanda cumple con los requisitos señalados en el artículo 414 Código Orgánico Procesal Penal. Si falta alguno de ellos, fijará un plazo para completarla.
En caso de incumplimiento de los requisitos señalados, el juez no admitirá la demanda.
La inadmisibilidad de la demanda no impide su nueva presentación, por una sola vez, sin perjuicio de su ejercicio ante el tribunal civil competente.
Relegación
DERECHO PENAL - MATERIA SUSTANTIVA
Código Penal venezolano - 92
Relegación a colonia penitenciaria. Al culpable de dos o más hechos punibles que merecieren pena de relegación a colonia penitenciaria, o confinamiento, se le aplicará la primera con aumento de una cuarta parte del tiempo correspondiente a la otra u otras.
Código Penal venezolano - 92
Relegación a colonia penitenciaria. Al culpable de dos o más hechos punibles que merecieren pena de relegación a colonia penitenciaria, o confinamiento, se le aplicará la primera con aumento de una cuarta parte del tiempo correspondiente a la otra u otras.
23 de octubre de 2013
Criminalística XIX
CRIMINALÍSTICA
CRIMINALÍSTICA I. MONTIEL. SEGUNDA EDICIÓN, 2012
Origen de la criminalística
Las investigaciones policíacas se empezaron a guiar de manera científica, pero con un considerable porcentaje de empirismo, en las que se usaba la intuición y el sentido común, sin obtener así resultados satisfactorios. No obstante, todas estas investigaciones y pesquisas empíricas adquirieron un nombre propio, mismo que les adjudicó Hans Gross, quien las llamó criminalística, en Graz, Austria, 1892, nombre que se difundió en su obra Manual del Juez.
Del contenido científico del Manual del Juez se desprende que Hans Gross, en su época, constituyó a la criminalística con las siguientes materias: antropometría, argot criminal, contabilidad, criptografía, dibujo forense, documentoscopia, explosivos, fotografía, grafología, hechos de tránsito ferroviario, hematología, incendios, medicina legal, química legal e interrogatorio.
Referencia bibliográfica. Montiel, Criminalística I, 2012, PP. 23, 25.
CRIMINALÍSTICA I. MONTIEL. SEGUNDA EDICIÓN, 2012
Origen de la criminalística
Las investigaciones policíacas se empezaron a guiar de manera científica, pero con un considerable porcentaje de empirismo, en las que se usaba la intuición y el sentido común, sin obtener así resultados satisfactorios. No obstante, todas estas investigaciones y pesquisas empíricas adquirieron un nombre propio, mismo que les adjudicó Hans Gross, quien las llamó criminalística, en Graz, Austria, 1892, nombre que se difundió en su obra Manual del Juez.
Del contenido científico del Manual del Juez se desprende que Hans Gross, en su época, constituyó a la criminalística con las siguientes materias: antropometría, argot criminal, contabilidad, criptografía, dibujo forense, documentoscopia, explosivos, fotografía, grafología, hechos de tránsito ferroviario, hematología, incendios, medicina legal, química legal e interrogatorio.
Referencia bibliográfica. Montiel, Criminalística I, 2012, PP. 23, 25.
Plazo
DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA
Código Orgánico Procesal Penal venezolano - 415
Del procedimiento para la reparación del daño y de la indemnización de perjuicios
Plazo. El juez se pronunciará sobre la admisión o rechazo de la demanda dentro de los tres días siguientes a su presentación.
Código Orgánico Procesal Penal venezolano - 415
Del procedimiento para la reparación del daño y de la indemnización de perjuicios
Plazo. El juez se pronunciará sobre la admisión o rechazo de la demanda dentro de los tres días siguientes a su presentación.
Conversión
DERECHO PENAL - MATERIA SUSTANTIVA
Código Penal venezolano - 91
Conversión en arresto. Al culpable de uno o más hechos punibles que merecieren pena de arresto y de otro u otros que acarrean penas de relegación a colonia penitenciaria, confinamiento o multa, se le convertirán, éstas en la de arresto y se le aplicará sólo la pena del hecho más grave que la mereciere, pero con aumento de la tercera parte de la otra u otras penas de arresto en que hubiere incurrido, y de la tercera parte también del tiempo que resulte de la conversión de las otras penas indicadas en la de arresto.
La conversión se hará computando un día de arresto por dos de relegación a colonia penitenciaria, o confinamiento, y por quince unidades tributarias de multa.
Código Penal venezolano - 91
Conversión en arresto. Al culpable de uno o más hechos punibles que merecieren pena de arresto y de otro u otros que acarrean penas de relegación a colonia penitenciaria, confinamiento o multa, se le convertirán, éstas en la de arresto y se le aplicará sólo la pena del hecho más grave que la mereciere, pero con aumento de la tercera parte de la otra u otras penas de arresto en que hubiere incurrido, y de la tercera parte también del tiempo que resulte de la conversión de las otras penas indicadas en la de arresto.
La conversión se hará computando un día de arresto por dos de relegación a colonia penitenciaria, o confinamiento, y por quince unidades tributarias de multa.
22 de octubre de 2013
Criminalística XVIII
CRIMINALÍSTICA
CRIMINALÍSTICA I. MONTIEL. SEGUNDA EDICIÓN, 2012
Sistemas de identificación
1. Antropometría. Mide y reseña las partes necesarias de un cuerpo humano, con objeto de identificar a personas vivas o muertas en apoyo de otras técnicas de identificación y para formular medias filiaciones.
2. Retrato hablado. Elabora la filiación descriptiva o reseña histórica de la fisonomía de una persona o sospechoso para reconstruir sus rasgos faciales o físicos por medio del dibujo manual especializado o la cibernética forense para identificarla.
3. Dactiloscopia. Estudia y compara las huellas dactilares que se producen con las yemas de los dedos de las manos, con el fin de identificar a personas vivas o muertas.
4. Fotografía. Imprime, revela, estudia y compara fotografías "problema" y "testigo", con el propósito de reconocer los caracteres físicos y fisonómicos, morfológicos, cromáticos y mesurativos de personas vivas o muertas, y establecer su correspondencia física o fisonómica; incluye las imágenes de videofilmación para efectos de identificación.
5. Reconstrucción facial. Estudia cráneos, elabora moldes y reconstruye las fisonomías por medio de la antropología forense, la escultura y el moldeado con arcilla, plastilina, silicones u otro material afín, así como por medio de la cibernética forense, con objeto de identificarlas.
6. Superposición radiofotográfica cráneo-cara. Estudia y elabora montajes o superposición de radiografías de cráneos "problema" con amplificaciones de fotografías "testigo" por medio de sistemas manuales convencionales o de la cibernética forense, con el objeto de establecer la probable correspondencia de características entre la tipología del cráneo y la fisonomía del retrato, para identificar a personas descarnadas, momificadas, putrefactas o quemadas.
7. Odontología legal o forense. Estudia las características de las piezas y arreglos dentales, elabora moldes y fórmulas dentarias para comparaciones, con objeto de identificar a personas descarnadas, putrefactas o quemadas.
8. Superposición de pabellones auriculares. Elabora y estudia montajes o superposiciones comparativas de la morfología o fórmula geométrica de pabellones auriculares "problema" contra "testigo", para identificar a personas vivas o muertas.
9. Queiloscopia. Estudia las huellas de los labios "problema" que se producen con cosméticos o alguna otra sustancia colorantes sobre diversas superficies o soportes y las compara con otras "testigo", con el propósito de identificar a la persona que las produjo.
10. Identikit. Aplica técnicas de superposición de placas transparentes o acetatos que contienen gran variedad de particularidades fisonómicas como cabello, frente, cejas, ojos, nariz, boca, mentón, Etc., con la finalidad de identificar a las personas o sospechosos.
11. Estomatología forense. Estudia todos los tejidos y órganos duros y blandos de la cavidad bucal para efectos de identificación. No tan sólo estudia todos los órganos dentarios, sino todos los indicios del aparato estomatognático para establecer sexo, edad, grupo racial, ocupación, nivel socioeconómico y lugar de origen.
Referencia bibliográfica. Montiel, Criminalística I, 2012, PP. 56, 57.
CRIMINALÍSTICA I. MONTIEL. SEGUNDA EDICIÓN, 2012
Sistemas de identificación
1. Antropometría. Mide y reseña las partes necesarias de un cuerpo humano, con objeto de identificar a personas vivas o muertas en apoyo de otras técnicas de identificación y para formular medias filiaciones.
2. Retrato hablado. Elabora la filiación descriptiva o reseña histórica de la fisonomía de una persona o sospechoso para reconstruir sus rasgos faciales o físicos por medio del dibujo manual especializado o la cibernética forense para identificarla.
3. Dactiloscopia. Estudia y compara las huellas dactilares que se producen con las yemas de los dedos de las manos, con el fin de identificar a personas vivas o muertas.
4. Fotografía. Imprime, revela, estudia y compara fotografías "problema" y "testigo", con el propósito de reconocer los caracteres físicos y fisonómicos, morfológicos, cromáticos y mesurativos de personas vivas o muertas, y establecer su correspondencia física o fisonómica; incluye las imágenes de videofilmación para efectos de identificación.
5. Reconstrucción facial. Estudia cráneos, elabora moldes y reconstruye las fisonomías por medio de la antropología forense, la escultura y el moldeado con arcilla, plastilina, silicones u otro material afín, así como por medio de la cibernética forense, con objeto de identificarlas.
6. Superposición radiofotográfica cráneo-cara. Estudia y elabora montajes o superposición de radiografías de cráneos "problema" con amplificaciones de fotografías "testigo" por medio de sistemas manuales convencionales o de la cibernética forense, con el objeto de establecer la probable correspondencia de características entre la tipología del cráneo y la fisonomía del retrato, para identificar a personas descarnadas, momificadas, putrefactas o quemadas.
7. Odontología legal o forense. Estudia las características de las piezas y arreglos dentales, elabora moldes y fórmulas dentarias para comparaciones, con objeto de identificar a personas descarnadas, putrefactas o quemadas.
8. Superposición de pabellones auriculares. Elabora y estudia montajes o superposiciones comparativas de la morfología o fórmula geométrica de pabellones auriculares "problema" contra "testigo", para identificar a personas vivas o muertas.
9. Queiloscopia. Estudia las huellas de los labios "problema" que se producen con cosméticos o alguna otra sustancia colorantes sobre diversas superficies o soportes y las compara con otras "testigo", con el propósito de identificar a la persona que las produjo.
10. Identikit. Aplica técnicas de superposición de placas transparentes o acetatos que contienen gran variedad de particularidades fisonómicas como cabello, frente, cejas, ojos, nariz, boca, mentón, Etc., con la finalidad de identificar a las personas o sospechosos.
11. Estomatología forense. Estudia todos los tejidos y órganos duros y blandos de la cavidad bucal para efectos de identificación. No tan sólo estudia todos los órganos dentarios, sino todos los indicios del aparato estomatognático para establecer sexo, edad, grupo racial, ocupación, nivel socioeconómico y lugar de origen.
Referencia bibliográfica. Montiel, Criminalística I, 2012, PP. 56, 57.
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