11 de junio de 2016

11-06-2016 Registral (19)

Frase reflexiva:
¿Hay para Dios alguna cosa difícil?Génesis 18:14

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho Registral.
Semestre: Cuarto-Pregrado.

Tema # 4 PRINCIPIOS REGISTRALES

Principios jurídicos registrales: Son aquellos axiomas que sirven de fundamento para la interpretación del Derecho Registral.

Entre las personas que interpretan el derecho registral, tenemos: los jueces, los registradores, los notarios, los cónsules, los autores y nosotros mismos.

Esos principios jurídicos registrales sirven para la creación de la jurisprudencia registral (en materia registral).

Frase reflexiva:
¿Hay para Dios alguna cosa difícil?Génesis 18:14

10 de junio de 2016

10-06-2016 Procesal Penal (18)

Frase reflexiva:
Todo lo que sube tiene que bajar

N° de Expediente: 05-2140 N° de Sentencia: 111
Tema: Beneficios en el Proceso Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: La Suspensión condicional de la ejecución de la pena I
Martes, 31 de Enero de 2006

Ahora bien, el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal consagra la figura de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, la cual constituye una de las modalidades de probación establecidas en el ordenamiento jurídico venezolano. Es el caso, que dicha figura constituye la forma esencial a través de la cual se materializa en Venezuela el tratamiento no institucional de los penados. La naturaleza del tratamiento no institucional, es la de ser un medio de control social amplio, cuya finalidad no es neutralizar ni criminalizar a la persona, sino constituir una verdadera alternativa social y no violenta, que obedece al principio de intervención mínima del Derecho penal, el cual se encuentra arropado por el artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, toda vez que constituye un derivado del modelo de Estado social que funge como límite al ius puniendi.

Frase reflexiva:
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10-06-2016 Procesal Penal (17)

Frase reflexiva:
Todo lo que sube tiene que bajar

N° de Expediente: C04-0477 N° de Sentencia: 282
Tema: Audiencias.
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Audiencia.
Lunes, 30 de Mayo de 2005

La oralidad adquiere relevancia en las etapas de control, preliminar y de juicio, pero en la apelación, se entiende de la letra de la ley.

Frase reflexiva:
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10-06-2016 Registral (18)

Frase reflexiva:
Todo lo que sube tiene que bajar

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho Registral.
Semestre: Cuarto-Pregrado.

Tema # 2 LA PUBLICIDAD REGISTRAL

Efectos de la Protección Registral al Tercero
(otra explicación)

Los efectos que procura el principio de la fe pública registral, provoca una legitimación de disposición en cuya virtud el titular puede actuar como si fuera titular real del derecho registrado, pero no alcanza a convalidar los otros presupuestos y elementos del titulo adquisitivo. En consecuencia, si el acto adquisitivo es inválido, el acto podrá ser impugnado por el verdadero titular, porque éste no ha perdido el derecho enajenado por el titular registral por acto dispositivo inválido, así como tampoco, como resultado de esto, el causahabiente lo ha adquirido.

Los efectos de la protección integral, que el principio de la fe pública registral proporciona al Tercer adquirente que inscribe, tiene lugar cuando el titulo adquisitivo del mismo sea intrínsicamente válido, y cuando al Tercer adquirente llene los siguientes requisitos:

a. Que el Tercero haya registrado su titulo adquisitivo.

b. Que exista una previa registración a favor del transferente del derecho transmitido o gravado.

c. Que la adquisición sea a titulo oneroso.

d. Que el Tercero haya adquirido de buena fe.

Dichas características debe poseerlas el Tercero conjuntamente.

Frase reflexiva:
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10-06-2016 Registral (17)

Frase reflexiva:
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JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho Registral.
Semestre: Cuarto-Pregrado.

Tema # 2 LA PUBLICIDAD REGISTRAL

Tercero Registral: Es una persona que ha inscrito sus derechos.

Lo que está inscrito es lo que existe realmente; lo que no está inscrito no se puede valer contra terceras personas y no existe.

Para que pueda ser considerado por la ley deben darse 4 condiciones:

1) Que el Tercero haya registrado su título adquisitivo.

2) Que exista una previa registración a favor del transferente del derecho transmitido o gravado.

3) Se debe actuar de buena fe.

4) Que sea a título oneroso.

Frase reflexiva:
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10-06-2016 Registral (16)

Frase reflexiva:
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JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho Registral.
Semestre: Cuarto-Pregrado.

Tema # 2 LA PUBLICIDAD REGISTRAL

Importancia de la Publicidad

Por medio de la Publicidad Registral se facilita el acceso a cualquier persona para consultar e investigar el dato que interesa en la negociación que se propone llevar a cabo, evita la ocultación maliciosa de gravámenes, de doble venta y fomenta el ahorro de los grandes o pequeños inversionistas que ven su propiedad garantizada; cuando figura inscrita en un tipo de Registro exacto y seguro.

Frase reflexiva:
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10-06-2016 Registral (15)

Frase reflexiva:
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JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho Registral.
Semestre: Cuarto-Pregrado.

Tema # 2 LA PUBLICIDAD REGISTRAL

Publicidad Material y Formal del Registro

- Publicidad Formal: Aquí se exige que no solamente el documento debe reunir todas las condiciones, sino que debe inscribirse en el libro puesto por la ley.

Tengamos presente el artículo 8 de la LEY DE REGISTRO PÚBLICO Y DEL NOTARIADO, que expresa lo siguiente:

“Principio de legalidad. Sólo se inscribirán en el Registro los títulos que reúnan los requisitos de fondo y forma establecidos por la ley.

- Otra definición (P.F.): Se refiere a que la Ley señala que determinados documentos deben ser inscritos en los Libros, Tomos y Registros que la Ley determina expresamente. Ejemplo: la hipoteca debe registrarse en la Oficina Subalterna del Registro correspondiente.

- Publicidad Material: En este punto estamos hablando de la parte física. Dicha publicidad reside en los asientos que quedan en las notarias y registros.

- Otra definición (P.M.): Es la publicidad que se le da a todos los documentos que se encuentren debidamente protocolizados; en tal sentido, los actos que no han sido protocolizados no valen ni perjudican a los 3eros  de buena fe, y no dañan debido a que son negocios ilegales, ya que no se encuentran registrados o protocolizados.

Artículo 9 LEY DE REGISTRO PÚBLICO Y DEL NOTARIADO: “Principio de publicidad. La fe pública registral protege la verosimilitud y certeza jurídica que muestran sus asientos. La información contenida en los asientos de los registros es pública y puede ser consultada por cualquier persona

Artículo 26 LEY DE REGISTRO PÚBLICO Y DEL NOTARIADO: “Publicidad registral. La publicidad registral reside en la base de datos del sistema automatizado de los registros, en la documentación archivada que de ellas emanen y en las certificaciones que se expidan

Artículo 62 LEY DE REGISTRO PÚBLICO Y DEL NOTARIADO: “Publicidad formal. El Registro Mercantil es público y cualquier persona puede obtener copia simple o certificada de los asientos y documentos, así como tener acceso material e informático a los datos

Frase reflexiva:
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