Para promover el objetivo de no proliferación y como medida de fomento de la confianza entre los Estados partes, el Tratado establece un sistema de salvaguardias bajo la responsabilidad del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA). Las salvaguardias se utilizan para verificar el cumplimiento del Tratado mediante inspecciones realizadas por el OIEA. El Tratado promueve la cooperación en el ámbito de la tecnología nuclear con fines pacíficos y la igualdad de acceso a esta tecnología para todos los Estados partes, a la vez que las salvaguardias impiden el desvío de material fisible para su uso en armas.
Resoluciones de la Asamblea General
• A/RES/70/28 (2015)
• A/RES/66/33 (2011)
• A/RES/61/70 (2006)
• A/RES/56/24 (2001)
Fuente electrónica de la información:
La frase del día
"Desconfía de lo que brota repentinamente pero también, y aún más, de lo que necesita mucho tiempo para madurar" - Juan Calzadilla
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!