Ponencia de la Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
En el presente caso, se examina como lo alegado por las solicitantes repercute en una violación del principio de igualdad procesal, contemplado en nuestra legislación en el artículo 21 de nuestra Carta Magna, el cual dispone, entre otras cosas, que “Todas las personas son iguales ante la ley”, es decir, la referida norma prevé una prohibición referente a evitar cualquier acto desigual entre las partes actuantes en un proceso, siendo importante destacar que el dispositivo legal, previamente aludido, constituye una garantía que alude a una obligación internacional prevista en numerosos tratados, de los cuales se destaca el contenido del artículo 14, numeral 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado por la Asamblea General de la ONU en 1966, del cual se destaca lo siguiente: “…Todas las personas son iguales ante los tribunales y cortes de justicia…”.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"Si no puedes controlar lo que hay adentro, no puedes controlar lo que hay afuera" [Maquina de guerra]
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