MAGISTRADO PONENTE: LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
2.- PARCIALMENTE PROCEDENTE la solicitud de aclaratoria y/o ampliación planteada por el abogado (...), actuando con el carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Público, y en consecuencia, se declara el CARÁCTER VINCULANTE la sentencia N° 73 del 6 de febrero de 2024.
3- Se ORDENA la publicación de la presente decisión en la Gaceta Judicial y en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en cuyos sumarios se indicará textualmente lo siguiente:
“Sentencia N° 73 del 6 de febrero de 2024, que establece con carácter vinculante consideraciones en torno al sistema de justicia y el fraude procesal, el principio de intervención mínima y subsidiaria del derecho penal, el terrorismo judicial y el uso arbitrario de la jurisdicción penal, en casos cuya naturaleza es netamente civil”.
4.- Se AMPLÍA de oficio el contenido de la sentencia N° 73 dictada por esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia el 6 de febrero de 2024, y en consecuencia se ORDENA a la Secretaría de esta Sala el desglose del expediente original signado con el N° C-S-1027-23, y su remisión a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en los términos expuestos en el presente fallo.
5.- Téngase la presente decisión como parte integrante de la sentencia N° 73 del 6 de febrero de 2024.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"La mente en calma ve lo que la emoción esconde"
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