Beneficiario (s).- Persona(s) jurídicas(s) o naturales(s) que realmente se beneficia(n) de las operaciones o transacciones realizadas bajo otro nombre.
Beneficiario (en caso de seguro).- Persona natural o jurídica, que ha de percibir en caso de siniestro el producto del seguro, pudiendo ser cliente de las empresas de seguros y compañías de reaseguro en caso de que contrate el seguro.
Beneficiario final (en caso de seguros).- Es toda persona natural o jurídica que, sin tener necesariamente la condición de cliente, es la destinataria de los recursos o bienes objeto del contrato, o se encuentra autorizada para disponer de los mismos.
Beneficiario final.- Se refiere a las personas naturales o jurídicas que son las propietarias finales o tienen el control final de un cliente y/o de la persona en cuyo nombre se realiza una operación. También comprende a aquellas personas que ejercen el control efectivo final sobre una persona jurídica o acuerdo legal.
Bienes procedentes de una activad delictiva.- Se entenderá por bienes procedentes de una actividad delictiva todo tipo de bienes procedentes de una actividad delictiva todo tipo de activos, tanto materiales como inmateriales, muebles o inmuebles, tangibles o intangibles, así como los documentos o instrumentos jurídicos con independencia de su forma, incluida la electrónica o la digital, que acrediten la propiedad de dicho activos o un derecho sobre los mismos, con inclusión de la cuota defraudada en el caso de los delitos contra el Servicio de Rentas Internas, cuya adquisición o posesión tenga su origen en un delito.
Fuente electrónica de la información:
La frase del día
"Cuando alguien se está ahogando, no es el momento de enseñarle a nadar"
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