23 de julio de 2013

Declaración

DERECHO PROCESAL PENAL

De la sustanciación del juicio. Del desarrollo del debate. Declaración de varios acusados. Si los imputados son varios, el juez podrá alejar de la sala de audiencia a los que no declaren en ese momento, pero después de todas las declaraciones deberá informarlos resumidamente de lo ocurrido durante la ausencia.

De la sustanciación del juicio. Del desarrollo del debate. Facultades del acusado. En el curso del debate, el acusado podrá hacer todas las declaraciones que considere pertinentes, incluso si antes se hubiera abstenido, siempre que se refieran al objeto del debate.

El acusado podrá hablar con su defensor en todo momento, sin que por ello la audiencia se suspenda; a tal efecto, se le ubicará a su lado. No obstante, no lo podrá hacer durante su declaración, o antes de responder a preguntas que se le formulen.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!