La frase del día
"La conformidad es el carcelero de la libertad y el enemigo del crecimiento"
Sentencia No. 212 de fecha 01-JUN-2023 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Ponencia de la Magistrada Doctora CARMEN MARISELA CASTRO GILLY
En lo que respecta al Principio de la Mínima Gravedad del Hecho, el cual determina la no procedencia por faltas o delitos con penas menores a las establecidas en los Tratados y Acuerdos suscritos entre los Estados Parte, al respecto, verificó la Sala que en el presente asunto, se cumple con el requisito de la mínima gravedad del hecho.
(...)
Conforme con el principio de limitación de las penas, se determina que la pena aplicada no sea pena perpetua, pena de muerte o infamante, de acuerdo a lo previsto en los artículos 43 y 44, numeral 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establecen respectivamente lo siguiente:
“(…) Artículo 43: Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla (...)”.
Artículo 44: la libertad personal es inviolable; en consecuencia: (…).
3. La pena no puede trascender de la persona condenada. No habrá condenas a penas perpetuas o infamantes. Las penas privativas de la libertad no excederán de treinta años (...)”.
De lo antes trascrito se desprende que no es aplicable en nuestro país la pena de muerte ni la pena de cadena perpetua, ni la pena mayor de treinta (30) años, lo cual es conforme con lo previsto en los artículos 43 y 44, numeral 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/junio/325834-212-1623-2023-E23-158.HTML
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"La conformidad es el carcelero de la libertad y el enemigo del crecimiento"