31 de enero de 2019

31-01-2019 prohibido

DECRETO con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Capítulo II
Deberes de los Militares

Artículo 8. Respeto a la institución. Está prohibido proferir, ni tolerar a ningún subalterno, murmuraciones contra las instituciones de la República Bolivariana de Venezuela, ni de los estados, ni contra las leyes, decretos o resoluciones o medidas, dictadas o tomadas por cualquier autoridad constituida.

Fuente de la información:
Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Gaceta Oficial No. 6.156 Ext. del 19 de noviembre de 2014.

La frase del día
Hacer lo correcto en el momento equivocado es casi siempre peor que no hacer nada. El Poder de la Complejidad. Dr. Lair Ribeiro. p. 178

31-01-2019 faltas absolutas

Artículo 233. FALTAS ABSOLUTAS
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: su muerte, su renuncia, o su destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia; su incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional; el abandono del cargo, declarado como tal por la Asamblea Nacional, así como la revocación popular de su mandato.

Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional.

Si la falta absoluta del Presidente o la Presidenta de la República se produce durante los primeros cuatro años del período constitucional, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva.

En los casos anteriores, el nuevo Presidente o Presidenta completará el período constitucional correspondiente.

Si la falta absoluta se produce durante los últimos dos años del período constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva asumirá la Presidencia de la República hasta completar dicho período.

La frase del día
Hacer lo correcto en el momento equivocado es casi siempre peor que no hacer nada. El Poder de la Complejidad. Dr. Lair Ribeiro. p. 178

31-01-2019 obedecer

Artículo 7. Cumplimiento de las leyes. El militar en situación de actividad está obligado a obedecer las órdenes de sus superiores en todo lo relativo al servicio y a cumplir estrictamente lo prescrito en las leyes y reglamentos que rigen a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

Fuente de la información:
Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Gaceta Oficial No. 6.156 Ext. del 19 de noviembre de 2014.

La frase del día
Hacer lo correcto en el momento equivocado es casi siempre peor que no hacer nada. El Poder de la Complejidad. Dr. Lair Ribeiro. p. 178

30 de enero de 2019

30-01-2019 D. Constitucional -6-

N° de Expediente: 13834 N° de Sentencia: 01214
Tema: Acción de amparo constitucional. Inadmisibilidad.
Materia: Derecho Constitucional
Asunto: La acción de amparo constitucional como medio judicial restablecedor de la situación jurídica infringida
Martes, 26 de junio de 2001

uno de los caracteres principales de la acción de amparo es el ser un medio judicial restablecedor, no así constitutivo, cuya misión fundamental es la de restituir la situación infringida, o lo que es lo mismo, poner de nuevo al solicitante en el goce de los derechos constitucionales que le han sido menoscabados. La característica aludida de esta figura judicial, además de ser reconocida por la doctrina y por reiterada jurisprudencia de esta alzada, la cual una vez más se ratifica, está recogida en la propia legislación sobre la materia, al establecerse como causal de inadmisibilidad de la acción, en el ordinal 3° del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el supuesto dado ?Cuando la violación de los derechos o las garantías constitucionales, constituya una situación irreparable, no siendo posible el restablecimiento de la situación jurídica infringida (...).?, en el entendido expreso de que son irreparables los actos que, mediante el amparo, no pueden volver las cosas al estado que tenían antes de la violación.

La frase del día
El miedo tiene ojos grandes

30-01-2019 D. Constitucional -5-

N° de Expediente: 00-003 N° de Sentencia: 05
Tema: Acción de amparo constitucional. Hábeas corpus.
Materia: Derecho Constitucional
Asunto: Competencia en materia de amparo a la libertad y seguridad personales
Jueves, 27 de enero de 2000

Delimitado el objeto de la forma señalada, entiende esta Sala que se encuentra frente al supuesto especial de amparo a la libertad y seguridad personales, modalidad esta que ha sido objeto de una regulación especial, tanto en Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales como en el recién promulgado Código Orgánico Procesal Penal. De los aludidos textos legales se desprende que la competencia para conocer del amparo a la libertad personal corresponde a los Tribunales de Primera Instancia en lo Penal (artículos 7, 38, 39 y 40 Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales), que de acuerdo con la normativa procesal penal corresponde actualmente a los denominados Tribunales de Control, de conformidad con lo previsto en el penúltimo aparte del artículo 60 del Código Orgánico Procesal Penal

La frase del día
El miedo tiene ojos grandes

30-01-2019 irreal

PSICOSIS

Son enfermedades mentales que alteran profundamente la personalidad. Las relaciones del sujeto consigo mismo, con los otros y con el mundo exterior están falseada; su universo es irreal y su perspectiva deformadas: delirio maníaco depresivo, esquizofrenia. (Marabout Service, 1967)

Bibliografía: Lecciones de Criminología. 4ta. Edición. CARMELO FLORES CAZORLA. Editores Hermanos Vadell. Caracas-Venezuela-Valencia 2014. p. 195.

La frase del día
El miedo tiene ojos grandes

30-01-2019 disciplina

Artículo 6. Pilares fundamentales. La obediencia, la subordinación y la disciplina son los pilares fundamentales en que descansa la organización, unidad de mando, moralidad y empleo útil de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

Fuente de la información:
Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Gaceta Oficial No. 6.156 Ext. del 19 de noviembre de 2014.

La frase del día
El miedo tiene ojos grandes

29 de enero de 2019

29-01-2019 D. Constitucional -4-

N° de Expediente: 00-0202 N° de Sentencia: 113
Tema: Acción de amparo constitucional. Hábeas corpus.
Materia: Derecho Constitucional
Asunto: Procedencia del recurso de hábeas corpus
Viernes, 17 de marzo de 2000

Ahora bien, entiende la Sala, haciendo una interpretación armónica y coherente que garantice una adecuada aplicación de ambos institutos, que el recurso de hábeas corpus, por principio, resulta procedente cuando se trata de proteger al ciudadano frente a arbitrarias detenciones administrativas, más sin embargo el mismo también es ejercible en aquellos casos en los cuales exista de por medio una detención de carácter judicial pero, únicamente cuando dichas decisiones no cuenten con un medio ordinario de impugnación o éste no sea acorde con la protección constitucional que se pretende.

La frase del día
El odio amputa la inteligencia

28 de enero de 2019

28-01-2019 reprochabilidad

CULPABILIDAD

Cualidad o condición de culpable (está referida al aspecto interno del acto). En sentido amplio, se define como el conjunto de los presupuestos que fundamentan la reprochabilidad de la conducta antijurídica.

Bibliografía: Lecciones de Criminología. 4ta. Edición. CARMELO FLORES CAZORLA. Editores Hermanos Vadell. Caracas-Venezuela-Valencia 2014. pp. 187, 188.

La frase del día
Los mejores perfumes vienen en frascos pequeños

28-01-2019 D. Constitucional -3-

N° de Expediente: 00-1885 N° de Sentencia: 50
Tema: Acción de amparo constitucional. Hábeas corpus.
Materia: Derecho Constitucional
Asunto: Competencia para conocer del Habeas Corpus
Viernes, 26 de enero de 2001

La ley consagra el derecho que tienen los ciudadanos de ejercer un amparo para solicitarle al juez le expida un mandamiento de habeas corpus, cuando ha sido ilegítimamente privado de su libertad, e igualmente se establece que el único competente para expedir ese mandamiento de habeas corpus, es el tribunal de control, y por lo tanto, ningún otro juzgado puede decidir un amparo sobre libertad y seguridad personales.  

La frase del día
Los mejores perfumes vienen en frascos pequeños

27 de enero de 2019

27-01-2019 pundonor

DECRETO con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Capítulo II
Deberes de los Militares

Artículo 5. Pundonor. No puede ser militar el cobarde, el que carezca de dignidad, pundonor, ni el de relajada conducta, pues mal puede ser guardián de la libertad, honra e independencia de su patria, quien tenga miedo al sacrificio y ultraje sus armas con infames vicios.

Fuente de la información:
Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Gaceta Oficial No. 6.156 Ext. del 19 de noviembre de 2014.

La frase del día
No importa qué es lo que sale mal, siempre hay alguien que sabía que así iba a ser Ley de Murphy II. p. 19

27-01-2019 Milicia 13 abril

Día de la Milicia Nacional Bolivariana - 13 de Abril

Este viernes 13 de abril, se conmemora en Venezuela el Día de la Milicia Bolivariana del Pueblo en Armas y de la Revolución de Abril, en homenaje a la gesta heroica que protagonizó el pueblo patriota un día como hoy, hace 16 años, rescatando el hilo constitucional perdido, tras el golpe de Estado perpetrado por sectores poderosos de la sociedad venezolana de la época.

La fecha, con carácter de júbilo nacional, fue establecida según Decreto Presidencial Nº 7.362, publicado en Gaceta Oficial Nº 39.401, del lunes 12 de abril de 2010.

Mediante esta normativa, año a año, se exhorta a los órganos del Estado, así como a toda la colectividad a exaltar el 13 de abril el ejemplo histórico del pueblo soberano en la defensa de la Revolución.

La restitución de la democracia en Venezuela, el 13 de abril de 2002, fue posible gracias a la movilización popular y a la actuación decidida de un grupo de militares que desconoció las acciones de un sector de la Fuerza Armada Nacional, que propició el golpe de Estado junto a factores de la extrema derecha.

La Milicia Bolivariana, fue creada por el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, en el año 2008, tras la publicación del Decreto de Rango, Valor y Fuerza, de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

Es un cuerpo especial de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), integrada por voluntarios que se suman a sus filas para contribuir a la defensa integral de la nación.

La Milicia Bolivariana depende directamente del Presidente o Presidenta de la República y el Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, en todo lo relativo a los aspectos operacionales, a través del Comando Estratégico Operacional de la FANB, mientras que para los asuntos administrativos depende del Ministro o Ministra del Poder Popular para la Defensa.

Tiene como misión entrenar, preparar y organizar al pueblo para la Defensa Integral, con el fin de complementar el nivel de apresto operacional de la FANB, contribuir al mantenimiento del orden interno, seguridad, defensa y desarrollo integral de la nación, con el propósito de coadyuvar a la independencia, soberanía e integridad del espacio geográfico de la Nación.

Ya para el 2012, la Milicia Nacional Bolivariana tiene presencia en todo el territorio nacional, trabaja comprometida por la Patria, el bienestar social del pueblo, con el propósito de garantizar la paz y la defensa integral de Venezuela. Es un legado del Comandante Hugo Chávez.

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La frase del día
No importa qué es lo que sale mal, siempre hay alguien que sabía que así iba a ser Ley de Murphy II. p. 19

27-01-2019 criminológica

CLÍNICA CRIMINOLÓGICA

Estudio de las formas de los delitos y los caracteres de los delincuentes, determinando su grado de inadaptabilidad social o de temibilidad individual.

Bibliografía: Lecciones de Criminología. 4ta. Edición. CARMELO FLORES CAZORLA. Editores Hermanos Vadell. Caracas-Venezuela-Valencia 2014. p. 186.

La frase del día
No importa qué es lo que sale mal, siempre hay alguien que sabía que así iba a ser Ley de Murphy II. p. 19

27-01-2019 rangos Aviación, GNB, Ejército

ORDEN de los grados militares en escala ascendente de la Aviación Militar Bolivariana, de la Guardia Nacional Bolivariana y el Ejército Bolivariano

Oficiales Generales:

- General en Jefe.
- Mayor General.
- General de División.
- General de Brigada.

Oficiales Superiores:

- Coronel.
- Teniente Coronel.
- Mayor.

Oficiales Subalternos:

- Capitán.
- Primer Teniente.
- Teniente.

JERARQUÍA de los cadetes y alumnos de institutos de formación militar en escala ascendente de la Aviación Militar Bolivariana, de la Guardia Nacional Bolivariana y el Ejército Bolivariano

La jerarquía de los cadetes en los institutos de formación de oficiales de comando y oficiales técnicos, es la siguiente:

- Alférez Mayor.
- Alférez Auxiliar.
- Alférez.
- Brigadier Mayor.
- Primer Brigadier.
- Segundo Brigadier.
- Brigadier.
- Distinguido.
- Cadete.

JERARQUÍA de la tropa profesional en escala ascendente de la Aviación Militar Bolivariana, de la Guardia Nacional Bolivariana y el Ejército Bolivariano

- Sargento Supervisor;
- Sargento Ayudante;
- Sargento Mayor de Primera;
- Sargento Mayor de Segunda;
- Sargento Mayor de Tercera;
- Sargento Primero;
- Sargento Segundo.

JERARQUÍA de la tropa alistada en escala ascendente de la Aviación Militar Bolivariana, de la Guardia Nacional Bolivariana y el Ejército Bolivariano

- Cabo Primero.
- Cabo Segundo.
- Distinguido.
- Soldado.

Fuente de la información:
Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Gaceta Oficial No. 6.156  Ext. del 19 de noviembre de 2014.

La frase del día
No importa qué es lo que sale mal, siempre hay alguien que sabía que así iba a ser Ley de Murphy II. p. 19

27-01-2019 D. Constitucional -2-

N° de Expediente: 00-2932 N° de Sentencia: 114
Tema: Acción de amparo constitucional. Hábeas corpus.
Materia: Derecho Constitucional
Asunto: Mandamiento de hábeas corpus
Martes, 06 de febrero de 2001

nuestra Ley Fundamental sujeta a un control judicial inmediato aquellas privaciones de libertad contrarias al principio de reserva legal, por no estar sustentadas en un dictamen judicial legítimo. De allí que el constituyente haya colocado a la libertad y seguridad personal bajo una protección especial del mandamiento de hábeas corpus- cuyo conocimiento prima facie compete a los Jueces de Primera Instancia en lo Penal en función de Control, dentro de la jurisdicción donde se hubiese producido la privación ilegítima.

La frase del día
No importa qué es lo que sale mal, siempre hay alguien que sabía que así iba a ser Ley de Murphy II. p. 19

26 de enero de 2019

26-01-2019 rangos Armada

ORDEN de los grados militares en escala ascendente de la Armada Bolivariana

Almirantes:

- Almirante en Jefe.
- Almirante.
- Vicealmirante.
- Contralmirante.

Oficiales Superiores:

- Capitán de Navío.
- Capitán de Fragata.
- Capitán de Corbeta.

Oficiales Subalternos:

- Teniente de Navío.
- Teniente de Fragata.
- Alférez de Navío.

JERARQUÍA de los cadetes y alumnos de institutos de formación militar en escala ascendente de la Armada Bolivariana

La jerarquía de los cadetes en los institutos de formación de oficiales de comando y oficiales técnicos, es la siguiente:

- Guardiamarina Mayor.
- Guardiamarina Auxiliar.
- Guardiamarina.
- Brigadier Mayor.
- Brigadier Primero.
- Brigadier Segundo.
- Brigadier.
- Distinguido.
- Cadete.

JERARQUÍA de la tropa profesional en escala ascendente de la Armada Bolivariana

- Sargento Supervisor;
- Sargento Ayudante;
- Sargento Mayor de Primera;
- Sargento Mayor de Segunda;
- Sargento Mayor de Tercera;
- Sargento Primero;
- Sargento Segundo.

JERARQUÍA de la tropa alistada en escala ascendente de la Armada Bolivariana

- Cabo Primero.
- Cabo Segundo.
- Distinguido.
- Infante de Marina, Marinero, Policía Naval.

Fuente de la información:
Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Gaceta Oficial No. 6.156  Ext. del 19 de noviembre de 2014.

La frase del día
¿Por qué miras la paja que hay en el ojo de tu hermano y no ves la viga que está en el tuyo?

25 de enero de 2019

25-01-2019 FANB

FANB


La Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) de la República Bolivariana de Venezuela está integrada por alrededor de 95.000 a 150.000 de combatientes activos, entre ellos, una creciente Milicia Nacional formada por cientos de miles de personas en capacidad de prestar servicios como reservistas. No obstante, esta cifra de efectivos activos se aproxima a 235.000 hombres y mujeres de primera línea (incluyendo los más aptos para ser llamados primero, entendiéndose por estos, aquellos hombres y mujeres en edades de 17 – 39 años), distribuidos en cinco (5) componentes de Tierra, Mar y Aire. Esto según lo prescribe el Artículo 328 de la Constitución Nacional y el Artículo n° 29 de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional. Dichos componentes se complementan con la Milicia Nacional, la cual es un cuerpo especial de reservistas organizado por el Estado Venezolano, integrado por la Reserva Militar y la Milicia Territorial destinada a complementar a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en la Defensa de la Nación.

Por tanto, los mencionados componentes que conforman la Fuerza Armada Nacional son, a saber, los siguientes:

Ejército Nacional
Armada Nacional
Aviación Militar
Guardia Nacional

Los principales roles cumplidos por la Fuerza Armada son la defensa de la soberanía del territorio nacional, espacio aéreo, insular, el combate al tráfico de drogas, búsqueda y rescate y protección civil en los casos de desastre. Todos los ciudadanos venezolanos varones tienen el deber legal de inscribirse en el registro militar al cumplir los 18 años de edad, que es la mayoría de edad en Venezuela, aunque la prestación como tal del servicio actualmente es voluntaria. Aparte del funcionamiento esencial de la seguridad y defensa de la Nación con el funcionamiento de los cuatro (4) componentes y la Milicia Nacional, la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional señala también el funcionamiento de la Guardia de Honor Presidencial de Venezuela en su artículo No. 8, así como su condición de cuerpo encargado de la seguridad, custodia y protección del Presidente(a) de la República así como sus familiares directos.
De este modo dos de los otros cuerpos secundarios de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana son los siguientes:

Milicia Nacional Bolivariana
Guardia de Honor Presidencial

Fuente de la información:
http://www.mindefensa.gob.ve/mindefensa/fuerza-armada/

La frase del día
cuando creemos que no somos capaces de alcanzar nuestros objetivos o pensamos que nuestras metas son imposibles, sólo es porque no hemos estudiado la manera de alcanzarlos. Es porque no hemos construido un puente entre los dos puntos. El Poder de la Complejidad. Dr. Lair Ribeiro. p. 130