“Hagas lo que hagas,
hazlo bien” Abraham Lincoln
Ley Constitucional contra el odio, por la
convivencia pacífica y la tolerancia
Capítulo IV
Comisión para la Convivencia Pacífica
Integrantes
Artículo 18. La Comisión para la Promoción y Garantía de la Convivencia
Pacífica estará compuesta por quince (15) integrantes designados y designadas
por la Asamblea Nacional Constituyente, de conformidad con los siguientes
criterios:
1. Tres integrantes de la Asamblea Nacional
Constituyente.
2. La Ministra o Ministro del Poder Popular con
competencia en materia de Educación.
3. La
Ministra o Ministro del Poder Popular con competencia en materia de Educación
Universitaria.
4. La Ministra o Ministro del Poder Popular con
competencia en materia de relaciones interiores, justicia y paz.
5. La Ministra o Ministro del Poder Popular con
competencia en materia de comunicación e información.
6. La Presidenta o Presidente del Tribunal
Supremo de Justicia.
7. La o el Fiscal General de la República.
8. La Defensora o Defensor del Pueblo.
9. La Defensora Pública o Defensor Público
General.
10. Una Rectora o Rector del Consejo Nacional
Electoral.
11. Tres voceras o voceros de organizaciones
sociales que tengan por objeto la promoción de la paz, la convivencia y la
tolerancia.
Deber de colaboración y cumplimiento
Artículo 19. Todos los órganos y entes del Poder Público, personas
jurídicas de naturaleza privada y la sociedad tienen el deber, responsabilidad
y compromiso de colaborar activamente y cumplir con el propósito de asegurar el
reconocimiento de la diversidad, la tolerancia y el respeto mutuo, así como
prevenir y procurar la erradicación de toda forma de violencia política, odio e
intolerancias, a los fines de asegurar la efectiva vigencia de los derechos
humanos, evitar la impunidad, favorecer el desarrollo social, preservar la paz
y la tranquilidad pública y proteger a la Nación.
La frase del día:
“Hagas lo que hagas,
hazlo bien” Abraham Lincoln