5 de julio de 2013

Trámite

DERECHO PROCESAL PENAL

Trámite. Presentada la solicitud de sobreseimiento, el juez la decidirá dentro de un lapso de cuarenta y cinco días. La decisión dictada por el tribunal deberá ser notificada a las partes, y a la víctima aunque no se haya querellado.

Si el juez no acepta la solicitud de sobreseimiento, enviará las actuaciones al fiscal superior del Ministerio Público para que mediante pronunciamiento motivado ratifique, o rectifique la petición fiscal. 

Si el fiscal superior del Ministerio Público ratifica el pedido de sobreseimiento, el juez lo dictará, pudiendo dejar a salvo su opinión en contrario.

Si el fiscal superior del Ministerio Público no estuviere de acuerdo con la solicitud, ordenará a otro fiscal continuar con la investigación, o dictar algún acto conclusivo.

Complementariedad

DERECHO PENAL

Principio de complementariedad. Estatuto de Roma. El principio de complementariedad en el Estatuto se refiere a lo siguiente: la Corte Penal Internacional tiene carácter de complementaria de la jurisdicción nacional, por lo tanto, primero debe agotarse la instancia nacional, y luego, una vez agotada la misma, se debe acudir a la Corte Penal Internacional y demostrar que la justicia en el país respectivo, ha sido negligente, ineficaz, que ha habido un alto grado de impunidad.

Sobreseimiento

DERECHO PROCESAL PENAL

De los actos conclusivos. Sobreseimiento durante la etapa de juicio. Si durante la etapa de juicio se produce una causa extintiva de la acción penal, o resulta acreditada la cosa juzgada, y no es necesaria la celebración del debate para comprobarla: el tribunal de juicio podrá dictar el sobreseimiento.

Contra esta resolución podrán apelar las partes.

Crimen

DERECHO PENAL

Crimen de agresión. El crimen de agresión no está desarrollado en el Estatuto de Roma, por lo tanto, la Corte Penal Internacional no ejerce ninguna persecución penal contra tal crimen.

De acuerdo al 5.2 del Estatuto, una vez que se aprueben las disposiciones legales, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 123, respectivamente, del Estatuto de Roma, que definan al crimen de agresión y las condiciones en las cuales lo hará, la Corte Penal Internacional podrá ejercer su competencia con relación a dicho crimen.

Declaratoria

DERECHO PROCESAL PENAL

De los actos conclusivos. Declaratoria por el juez de control. El juez de control, al término de la audiencia preliminar, podrá declarar el sobreseimiento si considera que procede una, o proceden varias causales que lo haga procedente, salvo que estime que dichas causales, por su naturaleza, sólo pueden ser dilucidadas en el debate oral y público.

Responsabilidad

DERECHO PENAL

Responsabilidad penal individual en el Estatuto de Roma. De acuerdo a lo consagrado en el artículo 25 del Estatuto, esto significa lo siguiente: la Corte Penal Internacional tiene competencia para juzgar, solamente, a personas naturales, en consecuencia, la persona sometida a la Corte será procesada de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Estatuto de Roma. 

La responsabilidad penal individual de las personas naturales no afecta la responsabilidad del Estado conforme al derecho internacional.

Solicitud

DERECHO PROCESAL PENAL

De los actos conclusivos. Solicitud de sobreseimiento. El fiscal solicitará el sobreseimiento al juez de control cuando, terminado el procedimiento preparatorio, estime que procedan una, o varias causales que lo hagan procedente. En tal caso, se seguirá el trámite previsto en el artículo 305 del Código Orgánico Procesal Penal.

Tortura

DERECHO PENAL

Importancia del crimen de tortura en la legislación penal internacional. Su importancia se circunscribe desde diversos aspectos, entre los cuales tenemos:

1. Se considera un crimen de lesa humanidad, de conformidad con el Estatuto de Roma, cuando se cometa contra una población civil mediante un ataque sistemático, o generalizado, y con conocimiento de dicho ataque.

2. La tortura aparece en todos los catálogos de derechos humanos, garantizando así, la dignidad humana, la integridad física, la integridad psíquica y moral de la persona.

3. Se prohíbe la tortura, por lo tanto, bajo ninguna circunstancia se justifica la misma.

Efectos

DERECHO PROCESAL PENAL

De los actos conclusivos. Efectos. El sobreseimiento pone término al procedimiento y tiene la autoridad de cosa juzgada. Impide, por el mismo hecho, toda nueva persecución contra el imputado, o acusado, a favor de quien se hubiere declarado, salvo lo dispuesto en el artículo 20 del Código Orgánico Procesal Penal, haciendo cesar las medidas de coerción dictadas.

Apartheid

DERECHO PENAL

Crimen de apartheid o segregación racial. De acuerdo a lo establecido en el Estatuto de Roma: son actos inhumanos ejecutados en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas, donde un grupo racial, establece su dominación sobre uno, o más grupos raciales, con la intención de mantener ese régimen.

En Sudáfrica existió durante muchos años el crimen apartheid, donde una minoría blanca que estaba en el poder, ejerció su dominio sobre la mayoría negra que conformaba la población en Sudáfrica; Nelson Mandela fue el gran líder de esa discriminación, y como consecuencia de eso, estuvo 27 años preso.

Sobreseimiento

DERECHO PROCESAL PENAL

De los actos conclusivos. Sobreseimiento. El sobreseimiento procede cuando:

1.El hecho objeto del proceso no se realizó.

2. El hecho objeto del proceso no puede atribuírsele al imputado.

3. El hecho imputado no es típico.

4. Concurre una causa de justificación, inculpabilidad, o de no punibilidad.

5. La acción penal se ha extinguido.

6. Resulta acreditada la cosa juzgada.

7. A pesar de la falta de certeza, no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado.

8. Así lo establezca expresamente el Código Orgánico Procesal Penal.

Importancia

DERECHO PENAL

Importancia de los elementos del crimen. Estatuto de Roma. De acuerdo al artículo 9 del Estatuto de Roma, la importancia de los elementos del crimen consiste en lo siguiente: ayudan a interpretar y a aplicar el crimen de genocidio (Art. 6 E. D. R.), el crimen de lesa humanidad (Art. 7 E. D. R.) y el crimen de guerra (Art. 8 Estatuto de Roma), ya que se desarrollan los elementos de esas figuras.

Importancia de las Reglas de Procedimiento y Prueba. Estatuto de Roma. De conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 E. D. R., la importancia se circunscribe en lo siguiente: se establecen principios y procedimientos que regulan el ejercicio de la Corte Penal Internacional para que ejerza su competencia con relación a los delitos contra la administración de justicia.

Facultad

DERECHO PROCESAL PENAL

De los actos conclusivos. Facultad de la víctima. Cuando el fiscal del Ministerio Público haya resuelto archivar las actuaciones, la víctima, en cualquier momento, podrá dirigirse al juez de control para solicitarle que examine los fundamentos de la medida.

De los actos conclusivos. Pronunciamiento del tribunal. Si el tribunal encontrare fundada la solicitud de la víctima, así lo declarará formalmente, y ordenará el envío de las actuaciones al fiscal superior, para que éste ordene a otro fiscal que realice lo pertinente.