La frase del día
"Estamos limitados sólo por la velocidad del pensamiento" Matt Mullenweg
Respecto al término “ajeno”, esta Sala en la precitada decisión, determinó:
“Para explicar qué se entiende por “ajeno”, de la lectura de ambas disposiciones sustantivas, se desprende que tanto una figura como la otra -invasión y perturbación a la posesión pacífica- llevan implícita la probanza, del derecho que se pretende violentado –propiedad o posesión-. Así, es menester la existencia de un instrumento demostrativo del derecho que se alegue, y el cual se vea cercenado por la invasión o la perturbación. De lo que resulta evidente, que para la consumación de ambos delitos se requiere la incuestionable propiedad o posesión sobre el bien inmueble objeto del delito, por parte de quien resultare víctima en la causa penal, de lo que se deriva la cualidad de ajeno -perteneciente a otra persona- para el infractor, como elemento constitutivo del tipo”.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: derecho penal, derecho procesal penal, avocamiento, terror, terrorismo judicial.
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"Estamos limitados sólo por la velocidad del pensamiento" Matt Mullenweg