N° de Expediente: 94-0927
N° de Sentencia: 957
Tema: Aberratio ictus o error en golpe
Materia: Derecho Penal
Asunto: Legítima Defensa comprobada en sumario. Declaración Averiguación Sumaria. Art. 206 CEC.
Materia: Derecho Penal
Asunto: Legítima Defensa comprobada en sumario. Declaración Averiguación Sumaria. Art. 206 CEC.
nuestra ley adjetiva faculta al
Juez para pronunciarse en el sumario sobre las circunstancias que le quitan al
hecho su carácter de punible, tal como las causas legales de justificación; y
que se ha de declarar por tanto terminada la averiguación en la etapa sumarial
cuando el hecho no reviste carácter penal, o bien cuando el mismo no reviste
carácter punible.