24 de noviembre de 2015

24-11-2015 Sustancias

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

N° de Expediente: C04-0103 N° de Sentencia: 322
Tema: Drogas
Materia: Derecho Penal
Asunto: Tráfico y venta de sustancias estupefacientes y psicotrópicas

Que los delitos relacionados con el tráfico y venta de sustancias estupefacientes y psicotrópicas son pluriofensivos, ya que atentan gravemente contra la integridad física, mental y económica de un número indeterminado de personas a nivel nacional e internacional, y de igual forma generan violencia social en los países donde se despliega dicha acción delictual.

24-11-2015 No Bienes

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

N° de Expediente: A05-0570 N° de Sentencia: 252
Tema: Drogas
Materia: Derecho Penal
Asunto: Las sustancias estupefacientes y psicotrópicas son materiales que no pueden ser considerados bienes

...las sustancias estupefacientes y psicotrópicas son materiales que no pueden ser considerados bienes...al no ostentar el carácter de activo, las sustancias psicotrópicas y estupefacientes, no pueden ser consideradas como bienes objeto de propiedad atribuible a un caudal patrimonial como cualquier bien, o que se pueda poseer como parte del acervo capital de personas naturales o jurídicas, precisamente debido a las particularidades y tratamiento legal que los Estados han dispuesto, naturaleza que no permite estimar un valor de cambio lícito en el mercado, y sin valor de cambio, como lo describe el artículo 68 de la ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, sujetas al control, limitación y evaluación permanente por su incidencia social, política y sanitaria, al representar un problema de salud pública, un problema de seguridad nacional y un problema con impacto internacional, aspectos que impiden suministrarle el carácter de bien, aunque puedan de hecho circular, ser movilizadas como las cosas muebles o trasladadas y comercializadas, siempre de forma controlada, previa autorización pública, por parte de ciertos y determinados organismos con fines de utilidad sanitaria, no patrimonialista.