Objeto material: es la persona o cosa sobre la que recae el delito, lo son cualesquiera de los sujetos pasivos, o bien, las cosas animadas o inanimadas.
Objeto jurídico: es el bien o el interés jurídico, objeto de la acción que se incrimina.
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 45.
La frase del día
"Payaso que no hace reír, es payaso relevado"