1 de septiembre de 2023

▷01-09-2023 Estabilidad Laboral◁

La frase del día 
"Lo único imposible es lo que no intentamos"

Sentencia No. 00218 de fecha 29-MAR-2023 emanada por la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ

Así en lo que respecta a la estabilidad laboral planteada por la accionante, debe precisarse que el hecho de haber prestado servicio en el  Poder Judicial de manera ininterrumpida, no le hace gozar de estabilidad.
En el caso bajo examen se aprecia que la actora no ostentaba el derecho a la estabilidad que reclama, por cuanto no ingresó por concurso, solo detentaba la condición de Jueza Provisoria, cargo de libre nombramiento y remoción, ya que ingresó de forma discrecional al Poder Judicial, razón por la cual, la Administración podía dejar sin efecto su designación en cualquier momento en uso de su potestad discrecional, como en efecto lo hizo.
En conclusión, es necesario resaltar que no consta en autos ni en ningún otro medio probatorio, que la accionante haya participado en algún concurso de oposición para optar como Jueza Titular, o a otro cargo de carrera dentro del Poder Judicial, así como tampoco que se le haya impedido de alguna forma hacerlo.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/marzo/323941-00218-29323-2023-2018-0517.HTML

La frase del día 
"Lo único imposible es lo que no intentamos"

▷01-09-2023 Garantías Procesales◁

La frase del día 
"Lo único imposible es lo que no intentamos"

Sentencia No. 244 de fecha 14-JUL-2023 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

De igual forma, la sentencia número 2993, de fecha 11 de noviembre de 2005, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la que señaló: 
´…Conforme las normas que regulan en el proceso penal, la competencia por la materia, a los tribunales de control les corresponde hacer respetar las garantías procesales, decretar las medidas de coerción personal que fueren pertinentes, realizar la audiencia preliminar y la aplicación del procedimiento por admisión de los hechos. Igualmente son competentes para conocer de la acción de amparo a la libertad y seguridad personal…´.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/327075-244-14723-2023-C23-190.HTML

La frase del día 
"Lo único imposible es lo que no intentamos"