10 de septiembre de 2016

10-09-2016 Video - III


Fuente del video: YouTube / You Tube

Descriptores: psiquiatría, forense, peritaje, psiquiátrico, Código Penal, medidas, seguridad.

10-09-2016 Constitucional II (50)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Facultad: Derecho
Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

Tema #  4 La Nacionalidad y  la Ciudadanía

La Nacionalidad Venezolana

En la C.R.B.V nos encontramos en sus artículos 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41 y 42 lo siguiente:

CAPÍTULO II
De la Nacionalidad y de la Ciudadanía
Sección Primera: De la Nacionalidad

- Artículo 33: Son venezolanos y venezolanas por naturalización:

1. Los extranjeros o extranjeras que obtengan carta de naturaleza. A tal fin, deberán tener domicilio en Venezuela con residencia ininterrumpida de, por lo menos, diez años, inmediatamente anteriores a la fecha de la respectiva solicitud.

2. El tiempo de residencia se reducirá a cinco años en el caso de aquellos y aquellas que tuvieren la nacionalidad originaria de España, Portugal, Italia, países latinoamericanos y del Caribe.

3. Los extranjeros o extranjeras que contraigan matrimonio con venezolanas o venezolanos desde que declaren su voluntad de serlo, transcurridos por lo menos cinco años a partir de la fecha del matrimonio.

4. Los extranjeros o extranjeras menores de edad para la fecha de la naturalización del padre o de la madre que ejerza sobre ellos la patria potestad, siempre que declaren su voluntad de ser venezolanos o venezolanas antes de cumplir los veintiún años de edad y hayan residido en Venezuela, ininterrumpidamente, durante los cinco años anteriores a dicha declaración.

- Artículo 34: La nacionalidad venezolana no se pierde al optar o adquirir otra nacionalidad.  

- Artículo 35: Los venezolanos y venezolanas por nacimiento no podrán ser privados o privadas de su nacionalidad. La nacionalidad venezolana por naturalización sólo podrá ser revocada mediante sentencia judicial, de acuerdo con la ley.

- Artículo 36: Se puede renunciar a la nacionalidad venezolana. Quien renuncie a la nacionalidad venezolana por nacimiento puede recuperarla si se domicilia en el territorio de la República por un lapso no menor de dos años y manifiesta su voluntad de hacerlo. Los venezolanos y venezolanas por naturalización que renuncien a la nacionalidad venezolana podrán recuperarla cumpliendo nuevamente los requisitos exigidos en el artículo 33 de esta Constitución.

- Artículo 37: El Estado promoverá la celebración de tratados internacionales en materia de nacionalidad, especialmente con los Estados fronterizos y los señalados en el numeral 1 del artículo 33 de esta Constitución.

- Artículo 38: La ley dictará, de conformidad con las disposiciones anteriores, las normas sustantivas y procesales relacionadas con la adquisición, opción, renuncia y recuperación de la nacionalidad venezolana, así como la revocación y nulidad de la naturalización.

10-09-2016 Constitucional II (49)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Facultad: Derecho
Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

Tema #  4 La Nacionalidad y  la Ciudadanía

Criterios Determinantes de la Nacionalidad

Es importante señalar que existen 2 clases de nacionalidad; como lo son: la nacionalidad originaria, que es aquella que resulta del hecho mismo del nacimiento de una persona en un Estado determinado; y la nacionalidad adquirida, que es aquella que proviene del cambio de una nacionalidad por otra.                                                                                                        
Para determinar quienes son nacionales por nacimiento, imperan 3 sistemas que son:

1) El Jus Sanguinis: De acuerdo con este sistema se reconoce como nacional al recién nacido que es hijo de padres nacionales, independientemente del lugar de su nacimiento.                                   
Lo que se toma en cuenta para determinar la nacionalidad del recién nacido, es la nacionalidad de los padres, aún cuando la misma no sea originaria. Este principio nos viene de la antigua Roma.

2) El Jus Soli: De acuerdo con el sistema del Jus Soli, la nacionalidad se determina por el lugar de nacimiento, sin tomar en consideración alguna la nacionalidad de los padres. Este sistema es de origen feudal.

- Ejemplo: Una criatura nacida en Venezuela, de padres franceses, es ciudadano venezolano por el principio del Jus Soli; pero es ciudadano francés de conformidad con el principio del Jus Sanguinis.

Su ciudadanía efectiva, depende de la jurisdicción dentro de la cual se encuentre. En Venezuela es venezolano, en Francia es francés, y en cualquier otro país es ambas cosas a la vez.

3) El Sistema Mixto (Jus Sanguinis y Jus Soli): Es la aplicación conjunta del Jus Sanguinis y el Jus Soli.

10-09-2016 Constitucional II (48)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Facultad: Derecho
Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

Tema #  4 La Nacionalidad y  la Ciudadanía

En materia de nacionalidad, rigen 3 principios generales que son:

1) Todo Individuo Debe Tener una Nacionalidad: Un individuo sin nacionalidad, es jurídicamente un caso muy extraño, puesto que de la nacionalidad se derivan numerosos derechos.

2) Todo Individuo Debe Poseer una Nacionalidad Desde su Nacimiento: Es preciso que todo individuo posea su nacionalidad desde su nacimiento, ya que es lo esencial.

3) Se Puede Cambiar Voluntariamente de Nacionalidad con Asentamiento del Estado Interesado: La nacionalidad que el individuo posee desde su nacimiento, puede no ser definitiva. Si con el transcurso del tiempo, el individuo quiere optar por otra nacionalidad, lo puede hacer con el cumplimiento de ciertas condiciones.

En la “Declaración Universal de Derecho del Hombre” de 1948 de las Naciones Unidas, nos dice en el # 2 de su artículo 15 lo siguiente:

- Artículo 15:

1) Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

2) A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Nacionalidad: “Vínculo jurídico y político que une a la persona con el Estado. (Artículo 4 # 6 de la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía)

 Ciudadanía: “La condición jurídica obtenida por la nacionalidad venezolana, la cual permite el goce y el ejercicio de los derechos y deberes políticos previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en las leyes (Artículo 4 # 4 de la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía).

10-09-2016 Constitucional II (47)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Facultad: Derecho
Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

Tema # 2 El Poder Constituyente

Poder Constituyente: Es la voluntad originaria, soberana, suprema y directa que tiene un pueblo, para construir un Estado, otorgándole una personalidad y al mismo tiempo, generando la organización jurídica que considere conveniente para el interés colectivo. (Es un derecho natural que tiene todo pueblo, por el sólo hecho de serlo).

Poder Constituyente Originario: Es aquel poder que da origen al orden jurídico. El Poder Constituyente Originario, actúa cuando de produce un cambio radical en todas las estructuras políticas, judiciales, económicas, de una Constitución.

Poder Constituyente Constituido: Está prescrito en la Constitución y dirigido por el Estado de Derecho que evita el rompimiento del hilo constitucional.

Es aquel poder creado por el Poder Constituyente Originario, y establecido por éste en la Constitución para actuar cuando las necesidades hagan necesaria una enmienda o una reforma constitucional. Es un poder instituido en la Constitución para sancionar las enmiendas o reformas de la misma.

Titular del Poder Constituyente

Es al pueblo a quien se le atribuye la titularidad del Poder Constituyente, ya que él se encuentra facultado por el sólo hecho de ser pueblo.

Legitimidad: Es la capacidad de ser obedecido sin recurrir a la coacción, en contraposición de la autoridad.

El concepto de legitimidad está referido al derecho de mandar y al deber de obedecer, y este hecho se produce en el momento mismo en que una persona asume esa posición (la de mandar) y por virtud de esa decisión los demás presumen que deben de obedecer.

Legalidad: Es todo aquel cumplimiento, el cual se realiza con carácter de obligatoriedad en el margen establecido de la ley.

Legalidad de Gobierno: Son todos aquellos principios fundamentales que emanan de un determinado órgano competente, para regir una sociedad o comunidad política, por virtud de decisiones.

10-09-2016 Constitucional II (46)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Facultad: Derecho
Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

Bibliografía: PRINCIPIOS DE DERECHO CONSTITUCIONAL GENERAL Y VENEZOLANO. Tercera edición. ANGEL R. FAJARDO H. Caracas - Venezuela, 2007

El Poder Ejecutivo como Guardián de la Constitucionalidad (El Veto Presidencial)

Es una facultad que tiene el Presidente de la República, y un medio de control sobre el proceso de la formación de las leyes dentro del marco de la constitucionalidad.

Opera de la siguiente manera:

El Presidente alega la inconstitucionalidad de una ley y en este caso pide que sea modificada parte de ella o toda, según sea la inconstitucionalidad aducida.

La Acción Popular de Inconstitucionalidad

Consiste en que todo ciudadano que tenga conocimiento de la inconstitucionalidad de una ley, y le interese que se declare la inconstitucionalidad de la misma, puede recurrir a la Corte Suprema de Justicia, y mediante un escrito formal exponer dichas razones de Derecho que tiene para alegar la inconstitucionalidad.

En Venezuela existen 2 procedimientos para negar la vigencia de una ley:

1) “Control Jurisdiccional de la Ley por Vía de Acción” (recurso ante la Corte Suprema).

2) “Control Jurisdiccional por Vía de Excepción” (se plantea ante los Tribunales Ordinarios en casos concretos para alegar la inconstitucionalidad).

10-09-2016 Constitucional II (45)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Facultad: Derecho
Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

Bibliografía: PRINCIPIOS DE DERECHO CONSTITUCIONAL GENERAL Y VENEZOLANO. Tercera edición. ANGEL R. FAJARDO H. Caracas - Venezuela, 2007

2) Control Concentrado o Modelo Europeo: Fue propuesto por Hans Kelsen en la 1era mitad del siglo XX, en donde este Jurista, al proclamar la superioridad de la norma constitucional, planteó la creación de un Tribunal Constitucional que se encargue de conocer temas relativos al cumplimiento de lo preceptuado en la Constitución y que éste sea el interprete exclusivo de las normas constitucionales, con sus respectivas atribuciones.

Dicho modelo fue adoptado por los países europeos, siendo Austria en 1920 el 1er país en conformar un Tribunal con dichas características.

10-09-2016 Constitucional II (44)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Facultad: Derecho
Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

Bibliografía: PRINCIPIOS DE DERECHO CONSTITUCIONAL GENERAL Y VENEZOLANO. Tercera edición. ANGEL R. FAJARDO H. Caracas - Venezuela, 2007

Control de la Constitucionalidad: El Control de Constitucionalidad trata de los mecanismos jurídicos empleados para controlar el correcto cumplimiento de los preceptos constitucionales, para hacer efectiva la Supremacía de la Constitución.

El Control de Constitucionalidad tiene 2 modelos originarios:

1) El Control Difuso o Modelo Americano: Fue creado en 1806 por el Juez Marshall de la Corte Suprema de EE.UU. al establecer que no habrá norma legal que pueda modificar una norma de carácter constitucional. Este Control consiste en que todo juez tiene capacidad para pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de una norma.

En relación con lo anteriormente mencionado, el artículo 334 de la C.R.B.V. encontramos establecido lo siguiente:

- Artículo 334 C.R.B.V: Todos los jueces o juezas de la República, en el ámbito de sus competencias y conforme a lo previsto en esta Constitución y en la ley, están en la obligación de asegurar la integridad de esta Constitución.

En caso de incompatibilidad entre esta Constitución y una ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales, correspondiendo a los tribunales en cualquier causa, aun de oficio, decidir lo conducente.

Corresponde exclusivamente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, como jurisdicción constitucional, declarar la nulidad de las leyes y demás actos de los órganos que ejercen el Poder Público dictados en ejecución directa e inmediata de esta Constitución o que tengan rango de ley, cuando colidan con aquella.

De igual manera en el artículo 19 del C.O.P.P. se consagra lo siguiente:

- Artículo 19 C.O.P.P: Control de la constitucionalidad. Corresponde a los jueces velar por la incolumidad de la Constitución de la República. Cuando la ley cuya aplicación se pida colidiere con ella, los tribunales deberán atenerse a la norma constitucional.

10-09-2016 Constitucional II (43)

Facultad: Derecho
Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Tema # 11 El Poder Electoral

Características del Sufragio

Son las siguientes:

1) Universal: El voto corresponde a todos los habitantes con excepciones de carácter general. No votan los menores de edad, los extranjeros que no cumplan los requisitos establecidos en la Constitución, los incapacitados, los sometidos a interdicción civil o inhabilitación política. (Fuente: monografías.com)

2) Directo: La persona irá directamente a votar, sin que nadie lo haga por otro. 

Nosotros solamente podemos elegir en 1er grado, y le transferimos a la AN el poder, para que haya elecciones de 2do grado. 

3) Secreto: Se garantizará la independencia del ciudadano, al momento del elegir. 

Principios del Sufragio (Art. 63 C.R.B.V)

La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio (es algo de carácter personalísimo, intransferible) y la representación proporcional

10-09-2016 Constitucional II (42)

Facultad: Derecho
Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
 
Tema # 11 El Poder Electoral

Con Relación a la Junta Nacional Electoral                                       
(Art. 46 y 47 de la Ley)

La Junta Nacional Electoral es un órgano subordinado del CNE. Tiene a su cargo la dirección, supervisión y control de todos los actos relativos al desarrollo de los procesos electorales y de referendos, previstos en la C.R.B.V. (Art. 46 de la Ley).

La Junta Nacional Electoral tiene como organismos electorales subalternos las juntas regionales, las juntas municipales electorales, las mesas electorales y, cuando se crearen, las juntas metropolitanas y juntas parroquiales electorales. (Art. 47 de la Ley)

Con Relación a la Comisión de Participación Política y Financiamiento 
(Art. 64 de la Ley)

La Comisión de Participación Política y Financiamiento es el órgano a cuyo cargo está promover la participación ciudadana en los asuntos públicos; de la formación, organización y actualización del registro de inscripciones de organizaciones con fines políticos, velando por el cumplimiento de los principios de democratización. Controla, regula e investiga, los fondos de las agrupaciones con fines políticos, y el financiamiento de las campañas electorales de los mismos, de los grupos de electores, de las asociaciones de los ciudadanos, y de los ciudadanos que se postulen a cargos de elección popular por iniciativa propia. 

Artículo 297 C.R.B.V: La jurisdicción contencioso electoral será ejercida por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia y los demás tribunales que determine la ley. 

El Sufragio: Es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional. (Art. 63 C.R.B.V)

Nota: En Venezuela el sufragio no siempre ha sido un derecho; 1ero nació como derecho, después como deber, y en la Constitución del 61 el constituyentista lo estableció como un derecho con carácter obligatorio; en consecuencia, el que dejaré de ejercer tal derecho, incurría en un delito. 
Ya hoy en día no hay sanción por dejar de ejercer el derecho del sufragio.

Nota: El sufragio es la efectividad de la participación. La génesis (el origen/de dónde surge) del Poder Electoral, se sustenta en tanto y cuanto tenemos un gobierno democrático (democracia participativa) 
                                                  
Nota: Nosotros tenemos el derecho de elegir y también de ser elegido, es decir, un derecho activo y pasivo. 

Nota: El sufragio es una cosa, y el voto otra, ya que el sufragio genera al voto.

Nota: El derecho del sufragio está condicionado, ya que depende de un proceso electoral. Solamente se ejercerá (el sufragio) en votaciones, cuando así lo convoque el Poder Electoral, y en las condiciones en que él mismo lo determine.

10-09-2016 Dependiente

Trastorno de la personalidad dependiente
Trastorno de personalidad dependiente es un estado mental en el que las personas dependen demasiado de otros para satisfacer sus necesidades emocionales y físicas.

Causas
Las causas de trastorno de personalidad dependiente se desconocen. El trastorno generalmente comienza en la infancia. Es uno de los trastornos de la personalidad más frecuentes y es igualmente común en hombres y mujeres.

Síntomas
Las personas que sufren este trastorno no confían en su propia capacidad para tomar decisiones. Es posible que se sientan devastadas por la separación y la pérdida de alguien y pueden hacer lo que sea, incluso sufrir maltrato, con tal de conservar una relación.

Los síntomas del trastorno de la personalidad dependiente pueden abarcar:

- Evitar estar solo.

- Evitar la responsabilidad personal.

- Resultar fácilmente lastimado por la crítica o la desaprobación.

- Enfocarse demasiado en los miedos de ser abandonado.

- Volverse muy pasivo en las relaciones interpersonales.

- Sentirse muy perturbado o impotente cuando las relaciones terminan.

- Tener dificultad para toma decisiones sin el apoyo de otros.

- Tener problemas para expresar desacuerdos con otros.

Pruebas y exámenes
Trastorno de personalidad dependiente se diagnostica basándose en una evaluación psicológica. El médico tendrá en cuenta el tiempo que la persona ha experimentado los síntomas y la severidad de los síntomas de la hora de hacer una evaluación.

Tratamiento
La psicoterapia se considera el tratamiento más efectivo. El objetivo es ayudar a que las personas con esta afección hagan elecciones más independientes en la vida. Los medicamentos pueden ayudar a tratar otras afecciones de mental, como la ansiedad o la depresión, que ocurren junto con este trastorno.

Expectativas (pronóstico)
El mejoramiento suele verse sólo con terapia a largo plazo.

Posibles complicaciones
- Alcoholismo o drogadicción.

- Depresión.

- Mayor probabilidad de abuso sexual o maltrato físico y emocional.

Cuándo contactar a un profesional médico
Acuda donde el médico o un profesional en salud mental si usted o su hijo tienen síntomas del trastorno de personalidad dependiente.

10-06-2016 Constitucional II (41)

Facultad: Derecho
Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Tema # 11 El Poder Electoral

Remoción de los Integrantes del CNE

Los integrantes del CNE serán removidos por la AN, previo pronunciamiento del TSJ

Son causales de remoción de los Rectores Electorales (art. 32 de la Ley):

1) Quedar sujeto a interdicción o inhabilitación política.

2) Adscribirse directa o indirectamente a organizaciones con fines políticos.

3) Recibir directa o indirectamente beneficios de cualquier tipo de persona u organización que comprometa su independencia.         

4) Haber sido condenado penalmente con sentencia definitivamente firme por la comisión de delitos dolosos o haber sido declarado responsable administrativamente por decisión firme de la Contraloría General de la República.

Requisitos de Elegibilidad                                                                       
(Art. 9 de la Ley)

Los Rectores Electorales deben de cumplir con los siguientes requisitos:

1) Ser venezolanos, mayores de 30 años de edad y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos

En caso de se venezolano por naturalización, debe haber transcurrido al menos 15 años de haber obtenido la nacionalidad.

2) Haber obtenido título universitario, tener por lo menos 10 años de graduado y haber estado en el ejercicio o actividad profesional durante el mismo lapso. Preferentemente, tener experiencia o estudios de postgrado en el área electoral o en materia a fines. 

3) No estar incurso en alguna de las causales de remoción señaladas en la Ley.

4) No estar vinculado a organizaciones con fines políticos. 

5) No haber sido condenado penalmente con sentencia definitivamente firme por la comisión de delitos dolosos en los últimos 20 años. 

- Delitos Dolosos: Son aquellos delitos intencionales

6) No tener parentesco hasta 3er grado de consanguinidad y 2do de afinidad con el Presidente de la República ni con los titulares de los entes postulantes. 

Nota: Los Rectores Electorales no podrán postularse a cargos de elección popular mientras estén en el ejercicio de sus funciones. 

Quien ejerza la Presidencia o la Vicepresidencia del ente Rector del Poder Electoral deberá ser venezolano por nacimiento, y cumplir los requisitos que se exijan para los demás miembros del CNE. 

Los Rectores Electorales ejercen sus funciones a dedicación exclusiva, y no podrán ejercer otros cargos públicos o privados, salvo en actividades docentes, académicas, accidentales o asistenciales.      

10-09-2016 Ventanas rotas

Frase reflexiva:
En un mundo de vigilancia total, la única libertad yace en no ser visto

TEORÍA DE LAS VENTANAS ROTAS

Un vidrio roto destruye una comunidad.

En 1969, en la Universidad de Stanford (EE. UU), el profesor PHILLIP ZIMBARDO realizó un experimento de psicología social.

Dejó dos autos abandonados en la calle: la misma marca, modelo y hasta igual color. Uno lo dejó en el Bronx, una zona pobre y conflictiva de Nueva York; y el otro en Palo Alto, California: zona rica y tranquila; con especialistas en psicología social estudiando la conducta de la gente.

El auto abandonado en el Bronx comenzó a ser “canibalizado”: en pocas horas perdió las llantas, el motor, los espejos, la radio. Todo lo aprovechable se lo llevaron, y lo que no, lo destruyeron. No así el de Palo Alto.

Es muy común atribuir a la pobreza las causas del delito. Es esta atribución en la que coinciden las posiciones conservadoras. Tras siete días los investigadores rompieron entonces un vidrio del automóvil de Palo Alto.

Se desató el mismo proceso que en el Bronx: el robo, la violencia y el vandalismo aparecieron en el barrio bueno y decente.

¿Un vidrio roto en el auto abandonado era capaz de generar todo un proceso delictivo?

Aquí no se trataba de pobreza. Evidentemente, era algo que tenía que ver con la psicología humana y con las relaciones sociales.

Un vidrio roto en un auto abandonado transmite una idea de deterioro, de desinterés. Esa despreocupación que va rompiendo códigos de convivencia, como de ausencia de ley, de normas, de reglas, como que vale todo. Cada nuevo ataque al auto sin que nadie reaccionara, reafirmaba y multiplicaba la idea; hasta que la escalada de actos, cada vez peores, se volvía incontenible, desembocando en una violencia irracional. El vehículo acababa reducido a su mínima expresión.

Conclusión. El delito es mayor en las zonas donde el descuido, la suciedad, el desorden y el maltrato son mayores. Rompe el vidrio de una ventana en un edificio: si nadie lo repara, pronto estarán todos rotos.

Si una comunidad exhibe signos de deterioro, y esto no parece importarle a nadie, entonces allí se generará el delito. Primero, pequeñas faltas, casi travesuras; si no se combaten, pronto sube el nivel del problema.

Si se permiten actitudes violentas como algo normal en los niños, el patrón de desarrollo será cada vez mayor; y cuando estos niños sean adultos, actuarán de manera delictiva, pero sin reconocerlo.

Si los parques y otros espacios públicos deteriorados son progresivamente abandonados por la mayoría de la gente, esos mismos espacios abandonados por la gente son progresivamente ocupados por los delincuentes.

La gente abandona los cascos antiguos por su deterioro físico y caro mantenimiento, buscando casas nuevas. Esos barrios son ocupados por delincuentes, venta de drogas, prostitución; todo va junto.

La expresión “TOLERANCIA CERO” es la prevención y promoción de condiciones sociales de seguridad.

Fuente de la información:

Frase reflexiva:
En un mundo de vigilancia total, la única libertad yace en no ser visto

10-09-2016 Trastorno límite

Trastorno límite de la personalidad
El trastorno límite de la personalidad es una afección mental por la cual una persona tiene patrones prolongados de emociones turbulentas o inestables. Estas experiencias interiores a menudo los llevan a tener acciones impulsivas y relaciones caóticas con otras personas.

Causas
La causa del trastorno límite de la personalidad (TLP) se desconoce. Se cree se relaciona con factores genéticos, familiares y sociales.

Los factores de riesgo para el TLP incluyen:

Ø      Abandono en la niñez o en la adolescencia.
Ø      Vida familiar disociada.
Ø      Comunicación deficiente en la familia.
Ø      Abuso sexual, físico o emocional.

El TLP tiende a ocurrir más a menudo en las mujeres y entre pacientes psiquiátricos hospitalizados.

Síntomas
Las personas con este trastorno a menudo presentan incertidumbre acerca de quiénes son. Como resultado, sus intereses y valores pueden cambiar rápidamente. También tienden a ver las situaciones en términos extremos, o todo es bueno o todo es malo. Sus puntos de vista sobre otras personas pueden cambiar rápidamente. Una persona que luce admiradora un día puede lucir despreciativa al siguiente día. Estos sentimientos súbitamente cambiantes a menudo llevan a relaciones intensas e inestables.

Otros síntomas de este trastorno abarcan:
Ø      Miedo intenso de ser abandonado.
Ø      Intolerancia a la soledad.
Ø      Sentimientos frecuentes de vacío y aburrimiento.
Ø      Manifestaciones frecuentes de ira inapropiada.
Ø   Impulsividad, como con el consumo de sustancias o las relaciones sexuales.
Ø   Crisis repetitivas y actos de lesionarse, como hacerse cortes en las muñecas o tomar sobredosis.

Pruebas y exámenes
El trastorno límite de personalidad se diagnostica sobre la base de una evaluación psicológica. El proveedor de atención médica valorará los antecedentes y gravedad de los síntomas de la persona.

Tratamiento
La psicoterapia individual puede tratar eficazmente este tipo de trastorno. Además, la terapia de grupo algunas veces puede servir.

Los medicamentos tienen un papel menor en el tratamiento de este trastorno. En algunos casos pueden mejorar los altibajos en el estado de ánimo y tratar la depresión u otros trastornos que se pueden presentar con esta afección.

Expectativas (pronóstico)
Las perspectivas del tratamiento dependen de la gravedad de la afección y de si la persona está dispuesta a aceptar ayuda. Con la psicoterapia a largo plazo, la persona a menudo se mejora gradualmente.

Posibles complicaciones
Las complicaciones pueden incluir:

Ø      Depresión.
Ø      Drogadicción.
Ø  Problemas con el trabajo, la familia y las relaciones sociales.
Ø      Intentos de suicidio y suicidio.

Cuándo contactar a un profesional médico
Consulte a su proveedor de atención médica si usted o alguien que conozca tienen síntomas del trastorno de personalidad límite. Es especialmente importante buscar ayuda de inmediato si usted o alguien conocido están teniendo pensamientos de suicidio.

Nombres alternativos
Trastorno fronterizo de la personalidad.

Fuente de la información:

10-09-2016 Evitación

Trastorno de la personalidad por evitación
Es una afección mental en la cual una persona tiene un patrón vitalicio de sentirse muy:
Ø      Tímida.
Ø      Inadecuada.
Ø      Sensible al rechazo.

Causas
Las causas del trastorno de la personalidad por evitación se desconocen.

Los genes o una enfermedad física que cambió la apariencia de la persona pueden estar relacionados. Aproximadamente el 1% de la población padece este trastorno.

Síntomas
Las personas con trastornos de la personalidad por evitación no pueden dejar de pensar en sus propias limitaciones y establecen relaciones interpersonales con otras personas sólo si creen que no serán rechazadas. La pérdida y el rechazo son tan dolorosos que estas personas prefieren estar solas antes que arriesgarse a tratar de conectarse con otros.

Una persona con el trastorno de la personalidad por evitación puede: 

- Ser fácilmente lastimada cuando la gente la critica o la desaprueba.

- Refrenarse demasiado en las relaciones íntimas. 

- Resistirse a involucrarse con la gente.

- Evitar actividades o trabajos que impliquen contacto con los demás.

- Ser tímida en situaciones sociales por miedo de hacer algo mal.

- Hacer que las dificultades potenciales parezcan peores de lo que son.

- Mantener el punto de vista de que no son buenas socialmente, no tan buenas como los demás, o que son poco atractivas.

Pruebas y exámenes
El trastorno de la personalidad por evitación se diagnostica con base en la valoración psicológica. El proveedor de atención médica evaluará los antecedentes y la gravedad de los síntomas de la persona.

Tratamiento
La psicoterapia se considera el tratamiento más efectivo para esta afección. Le ayuda a las personas con este trastorno o ser menos sensibles al rechazo. Los antidepresivos se pueden utilizar como complemento.

Expectativas (pronóstico)
Las personas con este trastorno pueden desarrollar alguna habilidad para relacionarse con los demás. Esto se puede mejorar con tratamiento.

Posibles complicaciones
Sin tratamiento, una persona con este trastorno puede llevar una vida de casi o total aislamiento. Estas personas pueden pasar a desarrollar un segundo trastorno psiquiátrico, como la drogadicción, o un trastorno del estado de ánimo como la depresión.

Cuándo contactar a un profesional médico
Consulte con el médico o con un profesional en salud mental si la timidez o el miedo al rechazo trastornan su capacidad para desenvolverse en la vida y tener relaciones interpersonales.

Nombres alternativos
Trastorno evitativo de la personalidad.
 
Fuente de la información:

10-06-2016 Pilares

Frase reflexiva:
En un mundo de vigilancia total, la única libertad yace en no ser visto

PILARES DEL PERITAJE PSIQUIÁTRICO

Objetivo
Valoración de los hechos o circunstancias relevantes de los mismos o adquisición de certezas sobre dichos hechos o circunstancias.

Finalidad
Aportación al proceso de conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos.

Objetividad
Manifestación del perito, bajo juramento o promesa de decir la verdad, de actuar con objetividad, tomando en consideración, tanto lo que pueda favorecer, como lo que pueda perjudicar, con conocimiento expreso del perito de la responsabilidad penal derivada.

Proporcionalidad
El tribunal se reserva siempre la utilización de la prueba pericial en función de la proporcionalidad de la misma, respecto del objeto del debate.

Fuente de la información: Diplomado en Investigación Criminal y Ciencias Forenses. Universidad Dr. José Gregorio Hernández. Módulo 3: Análisis Forense y Psiquiatría: Unidad I.

Frase reflexiva:
En un mundo de vigilancia total, la única libertad yace en no ser visto

10-06-2016 Peritaje

Frase reflexiva:
En un mundo de vigilancia total, la única libertad yace en no ser visto

PERITAJE PSIQUIÁTRICO

Informe redactado por un experto, especialista en psiquiatría, que sirve para asesorar a la justicia en las cuestiones solicitadas por la misma.

Características                  

- Imparcial.

- No confidencial ante el juez y las partes.

- Informar al imputado sobre el resultado del informe.

Objetivos

- Consiste en informar si la persona sufre una enfermedad mental y las razones que llevan a estas conclusiones.

- Se debe determinar la influencia de la enfermedad mental en la conducta de la persona y en la relación entre el trastorno mental y el delito cometido, o la capacidad de desenvolverse en su medio. El objetivo es determinar su responsabilidad plena, atenuada o nula; así como la necesidad de tratamiento y medidas de seguridad que deben adoptarse, la prevención adecuada para fomentar la salud mental y evitar que se delinca.

Fuente de la información: Diplomado en Investigación Criminal y Ciencias Forenses. Universidad Dr. José Gregorio Hernández. Módulo 3: Análisis Forense y Psiquiatría: Unidad I.

Frase reflexiva:
En un mundo de vigilancia total, la única libertad yace en no ser visto