ENTREGA DE BIENES
En aquellos casos en que un bien
recogido o incautado por el Ministerio Público en el curso de una investigación
penal, también guarde relación con una averiguación administrativa en la cual
se haya dispuesto la retención del bien en cuestión, la orden de entrega dictada
por el fiscal del Ministerio Público no es suficiente para restituir el bien a
la persona cuya entrega solicita, toda vez que ésta también deberá acudir a la
sede administrativa a solicitar la entrega del mismo.
Fuente: Doctrina del
Ministerio Público venezolano; año 2009.