NORMAS SOBRE LA ACTUACIÓN DE LA FUERZA ARMADA
NACIONAL BOLIVARIANA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL ORDEN PÚBLICO, LA PAZ SOCIAL Y LA CONVIVENCIA CIUDADANA
EN REUNIONES PÚBLICAS Y MANIFESTACIONES
CAPÍTULO II
De los Órganos y sus Atribuciones
Artículo 9°. Formación,
Capacitación y Entrenamiento Continuo del Personal Militar de la FANB. El personal militar de la Fuerza Armada
Nacional Bolivariana que ejerce funciones en concentraciones y manifestaciones
públicas, debe cumplir con el programa de formación, capacitación,
entrenamiento psicológico, técnico y operacional de manera continua, debe estar
debidamente acreditado por los institutos eductativos de la Fuerza Armada
Nacional Bolivariana, a fin de la aplicación adecuada de los procedimientos y
actuaciones para garantizar el orden público, la paz social y la convivencia
ciudadana en las reuniones públicas y manifestaciones, esta constituye la base
fundamental para obtener el éxito de la misión asignada y así garantizar la
formación técnico-jurídica para el respeto de los Derechos Humanos de las
personas que participan en reuniones públicas y manifestaciones.
La formación, capacitación y
entrenamiento continuo versará sobre la doctrina básica del uso progresivo y
diferenciado de la fuerza, las técnicas de disuación, el uso de equipos,
implementos, armas, accesorios autorizados y homologados para el control de las
reuniones públicas y manifestaciones, la atención de emergencia médicas,
incluyendo la protección jurídica de los derechos y garantías que constituyan
Derchos Humanos plasmados en la
Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela, entre otros aspectos.
La actualización o reentrenamiento
en estas áreas serán obligatorios como mínimo una vez al año y, versará, no
solamente en técnicas para la defensa propia sino también en la actualización
académica para las actuaciones de todo el personal militar de la Fuerza Armada
Nacional Bolivariana, sin perjuicio de las directrices emitidas por el órgano
rector, esto le permitirá realizar una preparación individual y de equipo
mediante la aplicación de ejercicios prácticos en el terreno, de ensayo de los
planes operacionales, uso de las formaciones, preparación física y medidas de
seguridad a tomar, esto constituye la base de las actividades operacionales
programadas por la unidad.
Fuente: Gaceta Oficial No. 40.589. Resolución No. 008610 de fecha 27
enero 2015.