La
frase del día:
“Honor y gloria”
TSJ admite solicitud de realización de prueba
del polígrafo a la Fiscal General de la República
El
Tribunal Supremo de Justicia admitió la prueba de polígrafo solicitada por
Tarek William Saab, en su carácter de presidente del Consejo Moral Republicano,
la cual ha de practicarse en la persona de la ciudadana Luisa Ortega
Díaz, en su carácter de Fiscal General de la República, en el marco del
antejuicio de mérito en su contra por la presunta comisión de faltas graves en
el ejercicio de su cargo.
Se
ordenó notificar a la Fiscal General de la República con el propósito de que se
sirva comparecer, el lunes 17 de julio de 2017, a las 2:00 p.m., en forma
personalísima, a la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y
Criminalísticas (Cicpc), a los fines de que le sea practicada dicha prueba.
N°
Sentencia: 1
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N°
Expediente: 2017-000073
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Procedimiento: Auto
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Partes: En el proceso de antejuicio de mérito incoado por el
ciudadano Pedro Carreño, Diputado a la Asamblea Nacional contra la ciudadana
Luisa Ortega Díaz, Fiscal General de la República; el ciudadano Tarek
Willians Saab, en su carácter de Presidente del Consejo Moral Republicano,
solicitó prueba de polígrafo a la ciudadana Luisa Ortega Díaz, en su carácter
de Fiscal General de la República
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Decisión:
Se admite la prueba de polígrafo
solicitada por el ciudadano Tarek Willians Saab, en su carácter de Presidente
del Consejo Moral Republicano, la cual ha de practicarse en la persona de la
ciudadana Luisa Ortega Díaz, en su carácter de Fiscal General de la
República. En tal sentido, se ordena notificar a la ciudadana Luisa Ortega
Díaz, en su carácter de Fiscal General de la República, con el propósito de
que se sirva comparecer, el día lunes diecisiete (17) de julio de 2017, a las
dos de la tarde (2:00 p.m.), en forma personalísima, a la sede del Cuerpo de
Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines de que le
sea practicada la prueba de polígrafo, para lo cual deberá responder a las
preguntas formuladas por el equipo de expertos durante su evacuación, cuyas
resultas serán incorporadas a las actas del proceso a los fines de que surtan
los efectos de ley. Asimismo, se ordena notificar a los ciudadanos Tarek
Willians Saab, en su carácter de Presidente del Consejo Moral Republicano, y
Manuel Galindo Ballesteros, en su condición de Contralor General de la
República y miembro del Consejo Moral Republicano, quienes deberán comparecer
en el día y hora indicada, a la sede del Cuerpo de Investigaciones
Científicas, Penales y Criminalísticas, con el objeto de que les sea
practicada de igual forma la prueba de polígrafo, conforme a las pautas
anteriormente señaladas. Se ordena notificar al Cuerpo de Investigaciones
Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines de que designe el equipo de
expertos que, como órgano auxiliar de administración de justicia y en
perfecta sintonía con el artículo 253 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, llevarán a cabo la práctica de la prueba de
polígrafo, en el día y hora fijado por este Juzgado de Sustanciación de la
Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación Sala Plena
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AUTO
Exp.
N° AA10-L-2017-000073
El día
martes 4 de julio de 2017, en estricto cumplimiento de los extremos legales
aplicables al asunto, se celebró en el auditorio principal del Tribunal Supremo
de Justicia, la audiencia oral y pública concerniente al procedimiento de
antejuicio de mérito de conformidad con lo previsto en los artículos 117 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 379 del Código
Orgánico Procesal Penal, con la presencia del Presidente del Tribunal Supremo de Justicia,
Magistrado Dr. Maikel José Moreno Pérez y demás Magistrados que integran la
Sala Plena; asimismo, comparecieron los ciudadanos Pedro Carreño, actuando en
su condición de Diputado de la Asamblea Nacional; Dr. Tarek Willians Saab, en
su carácter de Presidente del Consejo Moral Republicano; y el Dr. Manuel
Galindo Ballesteros, en su condición de Contralor General de la República y
miembro del Consejo Moral Republicano. Se dejó constancia de la incomparecencia
de la ciudadana Luisa Ortega Díaz, en su carácter de Fiscal General de la
República, motivo por el cual a los fines de garantizar el debido proceso y el derecho
a la defensa de la referida ciudadana, se designó como defensor al ciudadano,
abogado Javier José Hernández Acevedo, en su condición de Defensor Público
Segundo con competencia para actuar ante la Sala Plena y la Sala de Casación
Penal de este Tribunal Supremo de Justicia.
Ahora
bien, el ciudadano Dr. Tarek Willians Saab, en su carácter de Presidente del
Consejo Moral Republicano, solicitó se realice la prueba de polígrafo, como
medio de prueba libre.
Sobre el
particular, es importante traer a colación el criterio establecido por la Sala
de Casación Civil de este Máximo Tribunal, en sentencia N° RC-832, de fecha 9
de diciembre de 2014, (Caso: Corporación Venmovil, C.A., Contra Orlando
Maximiliano Carvallo Moret) en el cual se expuso lo siguiente:
“…para el caso de la promoción de
una prueba libre, su control, contradicción y evacuación, el juez debe, “…fijar
la forma en que deba tramitarse la contradicción de la prueba libre que no se
asemeje a los medios de prueba previstos en el ordenamiento jurídico, pues así
lo ordenan los artículos 7 y 395 del Código de Procedimiento Civil; de lo
contrario se estaría subvirtiendo la garantía del debido proceso, con la
consecuente infracción del derecho de defensa de las partes…”.
En
atención a la jurisprudencia antes señalada, debe este Juzgado de Sustanciación
de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en este acto, establecer la
manera en que ésta se debe sustanciar, atendiendo preliminarmente la idoneidad
de la prueba para su admisión, cumpliendo con la tramitación y contradicción
previstas para los casos de las pruebas libres, tal y como se indicó en el
referido fallo.
Siendo
así, el objeto de la prueba consiste en demostrar la veracidad de las declaraciones
de la ciudadana Luisa Ortega Díaz, en su carácter de Fiscal General de la
República, exclusivamente, respecto a su participación o no, en el proceso
de preselección de los candidatos y candidatas a Magistrados y Magistradas del
Tribunal Supremo de Justicia, por lo cual a todas luces tales hechos
conducen y representa la idoneidad en la evacuación de dicha probanza, al
quedar cuestionado la respetabilidad del Consejo Moral Republicano, y al quedar
contradicha su postura por los demás miembros que la integran, como lo son, los
ciudadanos Dr. Tarek Willians Saab, en su carácter de Presidente del Consejo
Moral Republicano, y Dr. Manuel Galindo Ballesteros, en su condición de
Contralor General de la República y miembro del Consejo Moral Republicano, motivo
por el cual, se admite para su evacuación.
Por lo
antes expuesto, este Juzgado de Sustanciación de la Sala Plena del Tribunal
Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley, admite la prueba de polígrafo solicitada por el ciudadano
Dr. Tarek Willians Saab, en su carácter de Presidente del Consejo Moral
Republicano, la cual ha de practicarse en la persona de la ciudadana
Luisa Ortega Díaz, en su carácter de Fiscal General de la República.
En tal
sentido, se ordena notificar a la ciudadana Luisa Ortega Díaz, en su
carácter de Fiscal General de la República, con el propósito de que se sirva
comparecer, el día lunes diecisiete (17) de julio de 2017, a las dos de la
tarde (2:00 p.m.), en forma personalísima, a la sede del Cuerpo de
Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines de que le
sea practicada la prueba de polígrafo, para lo cual deberá responder a las
preguntas formuladas por el equipo de expertos durante su evacuación, cuyas resultas
serán incorporadas a las actas del proceso a los fines de que surtan los
efectos de ley.
Asimismo,
se ordena notificar a los ciudadanos Dr. Tarek Willians Saab, en su carácter de
Presidente del Consejo Moral Republicano, y el Dr. Manuel Galindo Ballesteros,
en su condición de Contralor General de la República y miembro del Consejo
Moral Republicano, quienes deberán comparecer en el día y hora indicada, a la
sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, con
el objeto de que les sea practicada de igual forma la prueba de polígrafo,
conforme a las pautas anteriormente señaladas.
Se ordena
notificar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas,
a los fines de que designe el equipo de expertos que, como órgano auxiliar de
administración de justicia y en perfecta sintonía con el artículo 253 de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, llevarán a cabo la
práctica de la prueba de polígrafo, en el día y hora fijado por este Juzgado de
Sustanciación de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.
Publíquese,
regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado. En Caracas, a los trece (13)
días del mes de julio de 2017. Años: 207° de la Independencia y 158° de la
Federación.
El Presidente,
MAIKEL
JOSÉ MORENO PÉREZ
Juez de Sustanciación
La
frase del día:
“Honor y gloria”