CRIMINOLOGÍA
SÍNTESIS CRIMINOLÓGICA. MOIRA MARTÍNEZ. EDITORIAL USM, 2009
Criminología Clínica
La criminología clínica resulta útil en la determinación y ejecución del tratamiento, y en la readaptación social en base a un examen individual. Uno de los objetivos más importantes dentro de la criminología clínica es el pronóstico, que consiste en una afirmación sobre la futura conducta de un individuo o de un grupo.
Cualquiera sea el propósito que se persiga con la aplicación de la criminología clínica, siempre será necesaria una previa investigación del sujeto, lo que implica su evaluación individualizada y la elaboración del pronóstico sobre sus condiciones físicas y psíquicas.
La Observación
La observación en la criminología clínica es el método que permite evaluar la personalidad de los procesados para llegar a su individualización para fines de clasificación y posterior tratamiento.
La observación no sólo se realiza a los procesados por delitos ya cometidos sino también con el fin de pronosticar la conducta criminal futura de un individuo que aun no ha cometido un hecho punible.
La interpretación
La interpretación se refiere a la determinación de los resultados arrojados por los exámenes a los cuales ha sido sometido el sujeto, ello incluye exámenes médicos, psicológicos y sociales. Estos resultados deben interpretarse por cada uno de los especialistas que intervienen; posteriormente, debe hacerse una confrontación de los criterios, para así obtener una síntesis de las observaciones. Luego se procede al diagnóstico, el pronóstico sobre el comportamiento futuro y finalmente se aplica el tratamiento.
Referencia bibliográfica. Síntesis Criminológica, Moira Martínez, Editorial USM, 2009, PP. 291, 292, 297, 300.
Blog con fines de investigación de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, y lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel
6 de noviembre de 2013
Interposición
DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA
Libro Cuarto
Código Orgánico Procesal Penal - 426
De los recursos. Disposiciones generales
Interposición. Los recursos se inteprondrán en las condiciones de tiempo y forma que se determinen en el Código Orgánico Procesal Penal, con indicación específica de los puntos impugnados en la decisión.
Libro Cuarto
Código Orgánico Procesal Penal - 426
De los recursos. Disposiciones generales
Interposición. Los recursos se inteprondrán en las condiciones de tiempo y forma que se determinen en el Código Orgánico Procesal Penal, con indicación específica de los puntos impugnados en la decisión.
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