6 de noviembre de 2013

Criminología VI

CRIMINOLOGÍA

SÍNTESIS CRIMINOLÓGICA. MOIRA MARTÍNEZ. EDITORIAL USM, 2009

Criminología Clínica

La criminología clínica resulta útil en la determinación y ejecución del tratamiento, y en la readaptación social en base a un examen individual. Uno de los objetivos más importantes dentro de la criminología clínica es el pronóstico, que consiste en una afirmación sobre la futura conducta de un individuo o de un grupo.

Cualquiera sea el propósito que se persiga con la aplicación de la criminología clínica, siempre será necesaria una previa investigación del sujeto, lo que implica su evaluación individualizada y la elaboración del pronóstico sobre sus condiciones físicas y psíquicas.

La Observación

La observación en la criminología clínica es el método que permite evaluar la personalidad de los procesados para llegar a su individualización para fines de clasificación y posterior tratamiento. 

La observación no sólo se realiza a los procesados por delitos ya cometidos sino también con el fin de pronosticar la conducta criminal futura de un individuo que aun no ha cometido un hecho punible.

La interpretación

La interpretación se refiere a la determinación de los resultados arrojados por los exámenes a los cuales ha sido sometido el sujeto, ello incluye exámenes médicos, psicológicos y sociales. Estos resultados deben interpretarse por cada uno de los especialistas que intervienen; posteriormente, debe hacerse una confrontación de los criterios, para así obtener una síntesis de las observaciones. Luego se procede al diagnóstico, el pronóstico sobre el comportamiento futuro y finalmente se aplica el tratamiento.  

Referencia bibliográfica. Síntesis Criminológica, Moira Martínez, Editorial USM, 2009, PP. 291, 292, 297, 300.

Interposición

DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA

Libro Cuarto

Código Orgánico Procesal Penal - 426

De los recursos. Disposiciones generales

Interposición. Los recursos se inteprondrán en las condiciones de tiempo y forma que se determinen en el Código Orgánico Procesal Penal, con indicación específica de los puntos impugnados en la decisión.