Sentencia No. 307 de fecha 19-MAR-2012 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: CARMEN ZULETA DE MERCHÁN
Por lo tanto, la Sala considera necesario aceptar, en aras de garantizar el derecho de igualdad en todo proceso judicial y en la correcta aplicación del principio pro actione, que los abogados que representen a una víctima que actúa en un proceso penal, ya sea mediante un poder especial o apud acta, pueden igualmente, como sucede en los casos de los defensores privados, interponer una solicitud de amparo constitucional en nombre de la referida víctima, sin presentar, a los efectos de demostrar su legitimación ad procesum, un nuevo documento poder.
En consecuencia, la Sala precisa que el abogado Richard Velásquez está legitimado para intentar la presente acción de amparo constitucional en nombre de la ciudadana María Jesús Madrid de Quintero. Así se declara.
Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/marzo/307-19312-2012-12-0121.HTML
La frase del día
"Valora a la persona que discute contigo con la intención de ver un cambio en ti, porque la persona que quiere llevarte a las ruinas, incluso alaba tus errores" Anónimo