2 de diciembre de 2014

211

TÍTULO III
De los delitos contra la cosa pública

Capítulo V
De los abusos de los ministros de cultos en el ejercicio de sus funciones

QUEBRANTAMIENTO DE LA LEY DE PATRONATO

Art. 211.- 

Incurrirán en la pena de expulsión del espacio geográfico de la República, por tiempo de uno a tres años, los eclesiásticos que quebranten las disposiciones de la ley sobre patronato eclesiástico, o que de algún otro modo, a título de funciones, jurisdicción o deberes eclesiásticos, usurpen la jurisdicción civil, o desconozcan la soberanía de la nación, o desobedezcan las leyes de la República y las resoluciones y prohibiciones que, en consecuencia, dicte y establezca el Gobierno.

El Tribunal Supremo de Justicia podrá conmutar la pena de que habla el artículo anterior, en confinamiento por tiempo igual:

1. A un lugar de otra diócesis, si es Arzobispo, Obispo, Cabildo, Vicario Capitular o Provisor, el que hubiere cometido la infracción.

2. A un distrito, parroquia o lugar de la misma diócesis, diferente del de la jurisdicción o residencia del autor de la infracción, si éste fuere Vicario foráneo, Cura u otro eclesiástico.

Fuente: Código Penal. 13-04-2005. Gaceta Oficial No. 5768. p.180.

Psico-Sociales

FORMACIÓN DEL DELINCUENTE Y SU PERFIL

Causas Psico-Sociales

Otras investigaciones apuntan a que la conducta delictiva se debe a variables del entorno psico-social donde se desenvuelve el individuo. En este sentido, vale reiterar algunos aspectos que propician la formación de un criminal:

1. La ausencia de principios y valores inculcados durante la etapa de crecimiento de la persona, así como la calidad de la educación recibida.

2. Las dificultades para acceder a un empleo digno.

3. Un bajo nivel de satisfacción personal o profesional.

4. Un inadecuado manejo de crisis ante adversidades personales.

5. Las debilidades institucionales del Estado crea el caldo de cultivo para que los delincuentes perciban un amplio margen de impunidad.

Las variables antes mencionadas no necesariamente son determinantes para que alguien se convierta en un delincuente, mas sí pueden influir en la modelación de conductas delictivas.

Los principios y valores inculcados en el seno familiar, el entorno social y las aspiraciones personales son condiciones sine qua non que determinan que el delincuente "no nace", sino que "se hace"

Fuente: GUÍA ANTICRIMEN. Iván Simonovis. pp.18, 19, 20. Caracas-Venezuela. Septiembre, 2011.