25 de mayo de 2023

Sin motivación alguna (mayo/2023)

La frase del día 
"La mente es un campo de batallas, se su comandante, no su soldado"

Sentencia No. 0324 de fecha 28-ABR-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

Asimismo, esta Sala expresó en sentencia del 2 de marzo de 2000 (Caso: “Francia Josefina Rondón Astor”) que en materia de revisión esta Sala posee facultad discrecional, y tal potestad puede ser ejercida sin motivación alguna, “cuando en su criterio, constate que la decisión que ha de revisarse, en nada contribuya a la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales, ni constituya una deliberada violación de preceptos de ese mismo rango”.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324590-0324-28423-2023-20-0155.HTML

La frase del día 
"La mente es un campo de batallas, se su comandante, no su soldado"

Potestad extraordinaria (mayo/2023)

La frase del día 
"La mente es un campo de batallas, se su comandante, no su soldado"

Sentencia No. 0324 de fecha 28-ABR-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

De esta forma, debe esta Sala recordar que la revisión no constituye una tercera instancia, ni un medio judicial ordinario, sino una potestad extraordinaria, excepcional y discrecional de esta Sala Constitucional con el objeto de unificar criterios constitucionales, para garantizar con ello la supremacía y eficacia de las normas y principios constitucionales, lo cual generaría seguridad jurídica, y no para la defensa de los derechos subjetivos e intereses del solicitante.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324590-0324-28423-2023-20-0155.HTML

La frase del día 
"La mente es un campo de batallas, se su comandante, no su soldado"

Derechos de la víctima (mayo/2023)

La frase del día 
"La mente es un campo de batallas, se su comandante, no su soldado"

Sentencia No. 0324 de fecha 28-ABR-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

Sobre esto último, cabe acotar el criterio establecido por esta Sala en sentencia del 3 de agosto de 2001 (Caso: José Felipe Padilla), al referirse a los derechos de la víctima en el proceso penal:
“...en el ámbito del derecho procesal penal, los órganos jurisdiccionales se encuentran en la obligación de garantizar la vigencia plena de los derechos de la víctima, dentro de los cuales se encuentran, tanto los derechos y garantías establecidos en el texto constitucional para todos los ciudadanos, como los derechos específicos que consagra a su favor el Código Orgánico Procesal, en diversas disposiciones normativas, que, en todo caso, deben ser interpretadas de manera amplia y concordada a fin de que se logre la finalidad del proceso y, en definitiva, resulten preservados los referidos derechos y garantías constitucionales.”

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324590-0324-28423-2023-20-0155.HTML

La frase del día 
"La mente es un campo de batallas, se su comandante, no su soldado"

Materia nulidades (mayo/2023)

La frase del día 
"La mente es un campo de batallas, se su comandante, no su soldado"

Sentencia No. 0324 de fecha 28-ABR-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

En materia de nulidades ha sido criterio reiterado de esta Sala, la facultad que tienen las Cortes de Apelaciones de conocer y resolver tales vicios, incluso de oficio, de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y 175 del Código Orgánico Procesal Penal, tal como se observa en el presente caso, que fue determinada la violación del orden público procesal ante la existencia de una decisión inmotivada, y vulnerando los derechos constitucionales de las víctimas, quienes, a diferencia de lo expuesto por el solicitante, es obligación de los jueces y juezas garantizar y proteger los derechos de las víctimas (Artículo 120 del Código Orgánico Procesal Penal), en el presente caso, garantizando y protegiendo los derechos de las víctimas en el referido proceso penal, en específicos, los derechos de acceso a la justicia, defensa y debido proceso, de conformidad con lo establecido en su orden en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 122 y 309 eiusdem, del Código Penal Adjetivo.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324590-0324-28423-2023-20-0155.HTML

La frase del día 
"La mente es un campo de batallas, se su comandante, no su soldado"

Inclusión como víctima (mayo/2023)

La frase del día 
"La mente es un campo de batallas, se su comandante, no su soldado"

Sentencia No. 0324 de fecha 28-ABR-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

En el presente caso, tal como lo arguye el solicitante, el apelante Ramón Moreno estuvo presente en la audiencia preliminar anulada, a quien el Ministerio Público solicitó su inclusión como víctima, no encontrando esta Sala pronunciamiento alguno del a quo penal al respecto, lo que si causa un gravamen irreparable para el referido ciudadano que aspira su reconocimiento como víctima, quedando legitimado por dicha omisión, para interponer el mencionado recurso de apelación, lo que implica que la Sala 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, decidió ajustada a derecho, al reconocer su legitimación para recurrir en apelación. Así se establece.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324590-0324-28423-2023-20-0155.HTML

La frase del día 
"La mente es un campo de batallas, se su comandante, no su soldado"