ESTADO DE DERECHO
Se caracteriza por estar sometido a normas
jurídicas preestablecidas, las personas obedecen a los principios y a las leyes
y los funcionarios se someten y limitan a ella.
En el Estado de Derecho se ejerce sin excepción
alguna un poder limitado, circunscrito por las leyes, lo cual determina la
seguridad jurídica, que supone, primero, que los ciudadanos sepan que los
actos, derechos y delitos estén previstos de antemano y, por otro lado, se
asegura un mínimo de estabilidad en las reglas del juego, y así se protegen los
derechos de los individuos.
Fuente.
Código Orgánico Procesal Penal. Nº 6078
Extraordinario del 15 de junio de 2012.
Blog con fines de investigación de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, y lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel
3 de octubre de 2014
Criminalística II
DILIGENCIAS A PRACTICAR CUANDO SE COMETE UN
HECHO PUNIBLE
13) Colectar muestras para toxicología al cadáver.
14) Practicar reconocimiento Post Mortem.
15) Recabar partida de nacimiento.
16) Recabar acta de defunción.
17) Recabar acta de enterramiento.
18) Solicitar reconocimiento médico a la víctima.
19) Fijación fotográfica de la víctima y sus lesiones.
20) Solicitar Frotis a la víctima y apéndice piloso.
21) Solicitar apéndices pilosos a la víctima.
22) Solicitar reconocimiento médico al imputado.
13) Colectar muestras para toxicología al cadáver.
14) Practicar reconocimiento Post Mortem.
15) Recabar partida de nacimiento.
16) Recabar acta de defunción.
17) Recabar acta de enterramiento.
18) Solicitar reconocimiento médico a la víctima.
19) Fijación fotográfica de la víctima y sus lesiones.
20) Solicitar Frotis a la víctima y apéndice piloso.
21) Solicitar apéndices pilosos a la víctima.
22) Solicitar reconocimiento médico al imputado.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)