Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
Así pues, al no notificarse de forma cierta y efectiva a la víctima, de la sentencia publicada, cercenó su oportunidad y posibilidad para presentar recurso de apelación si así lo consideraba, vulneró su derecho de acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva, a la defensa y al debido proceso, establecidos en los artículos 26, 49 y 257, todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, resultando inconcebible que el accionar del poder judicial transgreda dichos principios tutelados constitucionalmente.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"El trabajo en equipo construye imperios"