DERECHO PROCESAL PENAL
Del procedimiento en los juicios contra el Presidente de la República y otros altos funcionarios del Estado.
Procedimiento. Recibida la querella, el Tribunal Supremo de Justicia convocará a una audiencia oral y pública dentro de los treinta (30) días siguientes para que el imputado dé respuesta a la querella. Abierta la audiencia, el Fiscal General de la República explanará la querella. Seguidamente, el defensor expondrá los alegatos correspondientes. Se admitirán réplica y contrarréplica. El imputado tendrá la última palabra.
Concluido el debate, el Tribunal Supremo de Justicia declarará, en el término de cinco (5) días siguientes, si hay o no mérito para el enjuiciamiento.