La frase del día
"Una persona que no le importa estar sola se vuelve extremadamente poderosa" Anónimo
Sentencia No. 0278 de fecha 13-ABR-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: TANIA D’AMELIO CARDIET
En ese sentido, la Corte de Apelaciones señaló que era necesario resaltar que la revocatoria de la detención domiciliaria era susceptible de ser recurrida a través de los medios ordinarios previstos en la ley adjetiva penal, pues no se trata de una simple revisión de medida sino de la consecuencia de la revocatoria conforme a los establecido en el artículo 248 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal, de igual manera, indicó que la parte accionante disponía de las vías recursivas ordinarias para controlar la constitucionalidad, de ese modo, aseguró que dicha situación impide la admisibilidad de la acción de amparo sin el agotamiento previo de tales mecanismos, por lo tanto, lo procedente y ajustado a derecho es declarar inadmisible la presente solicitud de tutela constitucional, de conformidad con lo preestablecido en el ordinal 5° del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324365-0278-13423-2023-21-0448.HTML
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