LA
VÍCTIMA
Es en quien recae indefectiblemente las acciones
del delincuente o depredador. Hay señales inequívocas en las personas cuando su
estado de alerta está en blanco, es decir, que no perciben las amenazas del
entorno.
LA OPORTUNIDAD
Es el escenario ideal que permite actuar sagaz y
rápidamente sobre la víctima. En caso de que el objetivo sea una acción
dirigida sobre un inmueble, un local, un vehículo, entre otros, la ubicación
geográfica debe brindarle confianza al depredador para actuar sigilosamente, o
puede ser un escenario donde el factor sorpresa garantice el éxito de la
operación. Todas tienen un denominador común: una huida rápida y segura.
Fuente: GUÍA
ANTICRIMEN. Iván Simonovis. PP.20, 21. Caracas-Venezuela. Septiembre, 2011.
Blog con fines de investigación de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, y lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel
4 de diciembre de 2014
274
De los delitos contra el orden público
De la importación, fabricación, comercio, detentación y porte de armas
USO INDEBIDO DE ARMAS DE GUERRA
Art. 274.- El comercio, la importación, la fabricación, el porte, la posesión, el suministro y el ocultamiento de las armas clasificadas como de guerra según la Ley sobre Armas y Explosivos y demás disposiciones legales concernientes a la materia, se castigarán con pena de presidio de cinco a ocho años.
Fuente: Código Penal. 13-04-2005. Gaceta Oficial No. 5768. p.210.
De la importación, fabricación, comercio, detentación y porte de armas
USO INDEBIDO DE ARMAS DE GUERRA
Art. 274.- El comercio, la importación, la fabricación, el porte, la posesión, el suministro y el ocultamiento de las armas clasificadas como de guerra según la Ley sobre Armas y Explosivos y demás disposiciones legales concernientes a la materia, se castigarán con pena de presidio de cinco a ocho años.
Fuente: Código Penal. 13-04-2005. Gaceta Oficial No. 5768. p.210.
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