TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo I
Principios para prevenir la corrupción y salvaguardar el patrimonio público
Artículo 18. Los funcionarios y empleados públicos deberán utilizar los bienes y recursos públicos para los fines previstos en el presupuesto correspondiente.
Fuente de la información: Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción. Gaceta Oficial Extraordinario No. 6.155, 19 noviembre 2014.
Palabras claves: espaciopenal, Jorge Leonardo Salazar Rangel, espaciopenal.blogspot.com, espaciopenal.wordpress.com, derecho penal, derecho procesal penal, delitos, criminología, criminalística, contra la corrupción.
La frase del día
"Si puedes soñarlo, puedes lograrlo" Walt Disney
Blog con fines de investigación de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, y lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel
8 de marzo de 2020
08-03-2020: enriquecimiento I.
TÍTULO IV
DE LOS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO PÚBLICO Y LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA APLICACIÓN DE ESTE DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY
Capítulo II
Otros Delitos Contra el Patrimonio Público
Enriquecimiento ilícito.
Artículo 75. El funcionario público que hubiere obtenido en el ejercicio de sus funciones un incremento patrimonial desproporcionado con relación a sus ingresos, que no pudiere justificar, y que haya sido requerido debidamente para ello y que no constituya otro delito, será sancionado con prisión de tres (3) a diez (10) años. Con la misma pena será sancionada la persona interpuesta para disimular el incremento patrimonial no justificado.
Fuente de la información: Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción. Gaceta Oficial Extraordinario No. 6.155, 19 noviembre 2014.
Palabras claves: espaciopenal, Jorge Leonardo Salazar Rangel, espaciopenal.blogspot.com, espaciopenal.wordpress.com, derecho penal, derecho procesal penal, delitos, criminología, criminalística, contra la corrupción.
La frase del día
"Si puedes soñarlo, puedes lograrlo" Walt Disney
DE LOS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO PÚBLICO Y LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA APLICACIÓN DE ESTE DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY
Capítulo II
Otros Delitos Contra el Patrimonio Público
Enriquecimiento ilícito.
Artículo 75. El funcionario público que hubiere obtenido en el ejercicio de sus funciones un incremento patrimonial desproporcionado con relación a sus ingresos, que no pudiere justificar, y que haya sido requerido debidamente para ello y que no constituya otro delito, será sancionado con prisión de tres (3) a diez (10) años. Con la misma pena será sancionada la persona interpuesta para disimular el incremento patrimonial no justificado.
Fuente de la información: Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción. Gaceta Oficial Extraordinario No. 6.155, 19 noviembre 2014.
Palabras claves: espaciopenal, Jorge Leonardo Salazar Rangel, espaciopenal.blogspot.com, espaciopenal.wordpress.com, derecho penal, derecho procesal penal, delitos, criminología, criminalística, contra la corrupción.
La frase del día
"Si puedes soñarlo, puedes lograrlo" Walt Disney
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